Los beneficios del Salario Complementario, la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales y los créditos a tasa subsidiada fueron extendidos hasta diciembre. Así lo confirmó el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP); el anuncio fue oficializado ayer tras su publicación en el Boletín Oficial.
En lo que respecta a los subsidios empresariales para el pago de aguinaldos, se especificó que será para aquellas empresas que desarrollen alguna de las actividades incluidas en la nómina de las afectadas en forma crítica”.
Además, se estableció que el Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto”, y que el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente al salario mínimo vital y móvil ($ 20.588) ni superior a la suma equivalente a 1,3 SMVM ($ 26.764,4)”. Al mismo tiempo, se remarcó que el trabajador tampoco podrá percibir un beneficio que esté por encima de su salario neto (correspondiente al mes de noviembre).
Las empresas que desarrollan actividades afectadas en forma crítica, también tendrán una reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (Sipa). A su vez, los privados que estén dentro de este grupo accederán al beneficio del Crédito a Tasa Subsidiada; sin embargo, para esto último es requisito que la compañía cuente con más de 800 empleados y verifique una variación de facturación nominal interanual igual a cero o positiva de hasta 35%.
Por otro lado, las empresas que desarrollen actividades no críticas percibirán el beneficio del Crédito a Tasa Subsidiada si verifican una variación de facturación nominal interanual negativa, independientemente de su cantidad de empleados. Además, gozarán del beneficio de la postergación del pago de las contribuciones patronales en tanto reúnan las condiciones para ser beneficiarias del Crédito a Tasa Subsidiada a un interés del 27% nominal anual.