El Ministerio de Salud garantizó la instrumentación

El Ministerio de Salud garantizó la instrumentación

Al respecto, la cartera sanitaria recordó que “el aborto no es punible, de acuerdo al artículo 86 del Código Penal Argentino, en los casos en que peligre la vida o la salud de la mujer gestante o en casos de violación”.

Ver también: La guía de aborto no punible es legal

Mientras tanto, la organización Mujeres de la Matria Latinoamericana (Mumala) Córdoba hizo mención a la resolución del TSJ y destacó que “después de siete años, la justicia cordobesa escucha a las mujeres y personas con capacidad de gestar y falla a favor de un derecho consignado desde 1921”. “Suspende la cautelar interpuesta por organizaciones antiderechos sobre el protocolo de ILE”, agregó la entidad.

Finalmente, instó a las autoridades provinciales y municipales a “arbitrar los medios para la aplicación de la guía ILE, en cada hospital, en cada centro de salud, y por supuesto la provisión de misoprostol para garantizar los mismos”. “Lo logramos! Juntas y en las calles”, concluyó Mumala Córdoba.  

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