Desidia estatal ante la mordedura de perros peligrosos

Desidia estatal ante la mordedura de perros peligrosos

Las mordeduras de perros peligrosos y callejeros en toda la provincia continúan ocurriendo a pesar de que el Estado legisló hace más de una década las previsiones, controles y penas necesarias para prevenir y erradicarlas. El hecho más reciente tuvo lugar el lunes pasado cuando una niña de dos años fue víctima de una brutal mordedura por parte de un perro doméstico en una vereda de la ciudad de Río Cuarto. La pequeña sufrió graves heridas en su rostro, por lo que requerirá de cuidados intensivos durante un año.

Como se recordará, Córdoba fue pionera en legislar en el año 2009 la ley número 9.685 para regular la tenencia y circulación en la vía pública de perros potencialmente peligrosos que, con independencia de su agresividad, tengan capacidad de causar lesiones y/o la muerte a personas y/o animales, y que son utilizados como animal doméstico de compañía y de criadero.

Esa norma prohibió además la circulación de las personas con estos animales por la vía pública o en lugares de acceso al público con el animal en libertad de acción pero sí con cadena o correa de hasta un metro y medio, bozal e identificación de su propietario que en todos los casos debe ser mayor de dieciséis años.

No solo se legisló sobre la presencia de los perros peligrosos en la vía pública sino que además se establecieron los requisitos para poder tenerlos en el hogar con paredes, vallas, cercos o alambrados perimetrales suficientemente altos y consistentes, construidos con material de suficiente resistencia como para soportar el peso y la presión que ejerza el animal, no pudiendo ser inferiores a dos metros de altura al igual que las puertas de acceso. En ambos casos, la construcción no debe permitir que el perro pueda sacar el hocico.

En el caso de los animales abandonados en la vía pública o parques o paseos públicos sin estar acompañado por su propietario o persona responsable, el municipio o comuna respectiva como autoridad de aplicación debe recogerlo y retenerlo en instalaciones dispuestas a tal efecto. Una vez transcurrido el plazo de 10 días sin que se requiera su devolución, el animal se considerará legalmente abandonado y el municipio podrá entregarlos a las entidades protectoras de animales o darlos en adopción.

Sobre las mordeduras de perros, la Organización Mundial de la Salud (OMS) elaboró un estudio para abordar esta problemática a pesar de que no existen estimaciones mundiales de la incidencia de las mordeduras de perro indicó que son la causa de decenas de millones de lesiones cada año.

En la ciudad, afecta a 1.000 personas por año

Según datos oficiales, en la ciudad de Córdoba las mordeduras de perros afectan casi a 1.000 personas por año proyectando un número similar para el resto de la provincia, dentro de los que se encuentran ataques sanguinarios de perros considerados peligrosos que circulan sin la mínima previsión.

Ni la provincia desde el Ministerio de Gobierno, responsable de aplicación de la norma ni los municipios alcanzados por el texto de la ley, han hecho algo por ejecutar y cumplir lo que la Legislatura de Córdoba sancionó por unanimidad hace más de 10 años.

Por el contrario, la ley ha caído como tantas otras en un texto muerto, como si no existiera mientras las mordeduras de perros peligrosos y callejeros siguen ocurriendo sin control y se convierten en una amenaza creciente para el sistema sanitario.

Salir de la versión móvil