La Afip intimó a 1.800 contribuyentes que no declararon cuentas en el exterior

Los impuestos omitidos alcanzan aproximadamente los u$s 82.409.137 para el período fiscal 2019 y u$s 26.481.044 para el período fiscal 2020, tomando el tipo de cambio oficial de cada fecha.

La Afip intimó a 1.800 contribuyentes que no declararon cuentas en el exterior

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intimó a 1.800 contribuyentes que no declararon sus activos en el exterior en el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto a las Ganancias correspondientes a los períodos fiscales de 2019 y 2020, que superan los US$100 millones.

Los impuestos omitidos alcanzan aproximadamente a US$82.409.137 para el período fiscal 2019 y a US$26.481.044 para el período fiscal 2020, tomando el tipo de cambio oficial de cada fecha, según precisó un comunicado del organismo.

«En total, se detectaron 1.800 personas físicas que tenían diferencias por más de $100 millones entre el saldo de cuenta informado por el exterior y lo declarado, o saldos de cuenta inferiores a $100 millones y diferencias entre los pagos recibidos en el exterior y lo informado ante la AFIP también por más de $100 millones», precisó la AFIP.

Según señaló el parte de prensa oficial, «las notificaciones enviadas son el resultado del Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras (CRS, por sus siglas en inglés) acordado entre Argentina y terceros países, que permite acceder a reportes de administraciones tributarias internacionales respecto de cuentas financieras en el exterior de sujetos residentes en el país».

La AFIP afirmó que as herramientas con las que cuenta «permitieron identificar inconsistencias entre los saldos de cuentas o tenencias financieras y los correspondientes intereses, dividendos y reembolsos recibidos en el exterior, respecto a las declaraciones juradas presentadas».

«A raíz de estas inconsistencias detectadas, se intimó a esos contribuyentes a incorporar esos montos en sus presentaciones», sostuvo el organismo.

La Ley de Procedimiento Tributario establece, en caso de corresponder, la aplicación de multas y sanciones por la falta de cumplimiento de las presentaciones requeridas.

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