El Panal podrá acceder a dólares a valor oficial para pagar su deuda externa

La Justicia aprobó el pedido de amparo para adquirir la divisa a valor oficial

El Panal podrá acceder a dólares a valor oficial para pagar su deuda externa

Tras el pedido de amparo que le realizó la Provincia a la Justicia la semana pasada, el juez federal número 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, suspendió la normativa del Banco Central (BCRA), que restringe el acceso a dólares a valor oficial a las provincias para afrontar las derogaciones por compromisos asumidos. De esta manera, se le permitió a Córdoba acceder a la divisa para saldar la deuda externa provincial por U$S 143.000.000, que vence este viernes.

La Provincia había presentado el amparo fundado en el artículo 43 de la Constitución Nacional y la ley 16.986, al considerar que la Comunicación “A” 7782 del BCRA va en contra de las garantías constitucionales a nivel provincial y nacional. Con esto justificó su pedido y realizó una ampliación del amparo el lunes pasado.

En tanto, el gobernador Juan Schiaretti, sostuvo que “la disposición imprevista del BCRA, fue una medida ilegal, antifederal y discriminatoria contra las provincias”. “Más aún, cuando aquellos compromisos asumidos en moneda extranjera han sido autorizados oportunamente por el propio Estado nacional. Este tipo de resoluciones generan un notable perjuicio a la seguridad jurídica, nos quita previsibilidad y nos aleja cada vez más de ser un país normal que avanza con certezas”, agregó.

De esta manera, el magistrado decidió dar lugar a la medida cautelar un día después de que el BCRA anunciara la nueva reglamentación. “De un análisis periférico, esta situación proyecta un peligro real y concreto, pues un incumplimiento puede tener consecuencias patrimoniales graves respecto a la deuda externa de la Provincia, en función de la caducidad escalonada de los restantes plazos y vencimientos de deuda que se mencionan”, sostuvo el juez Sánchez Freytes. Asimismo, subrayó que el dictado de la cautelar no afecta “el interés público superior ya que la medida requerida no importa un pedido al BCRA de venta de sus reservas sino que se le permita al Estado provincial concurrir al mercado de cambios como comprador”.

De este modo, concedió la cautelar “de una manera distinta a la peticionada” (como, según recordó, lo habilita el artículo 204 del Código Civil y Comercial), por lo que suspendió los efectos de la Comunicación “A” 7782 del BCRA y de sus actos de aplicación. De esta forma, la Provincia deberá poder acceder “de manera inmediata al mercado de cambios para la compra de los dólares necesarios solo para cancelar el vencimiento” del viernes que viene, según lo dispuesto por Sánchez Freytes.

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