Nuevo plan de pagos para MiPyMEs y pequeños contribuyentes

El régimen permitirá regularizar deudas impositivas, aduaneras y previsionales vencidas hasta el 30 de junio de 2026. La adhesión estará disponible hasta el 30 de octubre y deberá realizarse de manera online.

Nuevo plan de pagos para MiPyMEs y pequeños contribuyentes

ARCA habilitó un nuevo plan de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, con adhesión hasta el 30 de octubre para regularizar deudas vencidas al 30 de junio de 2026.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo plan de facilidades de pago destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5875/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.

El régimen especial busca facilitar la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, incluyendo multas y otros conceptos accesorios. Sin embargo, la adhesión no contempla la reducción de intereses ni la exención de sanciones.

El beneficio alcanza a las MiPyMEs de los tramos 1 y 2 que cuenten con el Certificado MiPyME vigente, a los pequeños contribuyentes identificados bajo el código 547 y a organizaciones sin fines de lucro, entre ellas asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios e instituciones religiosas.

Qué deudas podrán incluirse

El plan permitirá refinanciar obligaciones tributarias, aduaneras y previsionales, aunque la resolución establece una serie de exclusiones.

Entre ellas figuran las retenciones y percepciones previsionales, los anticipos y pagos a cuenta, el IVA correspondiente a servicios digitales o prestados desde el exterior, los aportes a obras sociales, excepto en el caso de monotributistas, las cuotas de ART, el Seguro de Vida Obligatorio y los impuestos internos aplicados a los cigarrillos.

Cuotas y condiciones

Las condiciones del plan varían según el tipo de contribuyente.

Para las micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, las deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social podrán financiarse en hasta 18 cuotas mensuales, con un anticipo del 5% y una tasa de interés mensual del 2,75%. En el caso de retenciones y percepciones impositivas, el máximo será de nueve cuotas, con las mismas condiciones de anticipo e interés.

Por su parte, las medianas empresas de los tramos 1 y 2 podrán acceder a planes de hasta 15 cuotas para deudas tributarias, aduaneras y previsionales, con un pago inicial del 10%. Para retenciones y percepciones, el límite será de siete cuotas, también con un anticipo del 10% y una tasa mensual del 2,75%.

En todos los casos, tanto el pago a cuenta como cada una de las cuotas deberán ser, como mínimo, de 50.000 pesos.

Plazo para adherirse

Los contribuyentes interesados podrán incorporarse al régimen hasta el 30 de octubre de 2026. El trámite se realizará exclusivamente a través del servicio web «Mis Facilidades», donde deberán seleccionar la opción correspondiente a este plan. La deuda quedará consolidada una vez abonado el pago a cuenta.

ARCA también advirtió que el beneficio caducará automáticamente si el contribuyente deja de pagar dos cuotas, consecutivas o alternadas, durante un plazo de 60 días desde el vencimiento de la segunda, o si incumple el pago de la última cuota por el mismo período.

En caso de producirse la caducidad del plan, el organismo podrá iniciar acciones judiciales para reclamar el saldo pendiente. Si entre las obligaciones incluidas hubiera deuda aduanera, también se activarán las suspensiones previstas en el Sistema Informático MALVINA.

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