La Provincia habilitó un régimen especial de regularización para grandes contribuyentes

El esquema diseñado por Rentas rige hasta el 21 de agosto de 2026, contempla la condonación total de sanciones bajo fiscalización y fija mínimos por cuota.

moratoria

El gobierno provincial puso en marcha este lunes 29 de junio de 2026 una nueva moratoria fiscal orientada prioritariamente a las grandes empresas y aportantes de mayor facturación de Córdoba. La medida, publicada en el Boletín Oficial, reemplaza el modelo vigente desde 2016 con el objetivo de mejorar la recaudación en un escenario económico complejo. El programa ofrece facilidades extendidas y exenciones de sanciones administrativas para quienes normalicen su situación tributaria ante la Dirección General de Rentas.

El flamante régimen excepcional establece un plan de facilidades de hasta 72 cuotas para las firmas categorizadas como Grandes Contribuyentes y aquellas que superaron las alícuotas agravadas de Ingresos Brutos en 2025. El esquema aplica una tasa de financiación equivalente al 100% de la tasa de recargos resarcitorios y dispone un valor mínimo por cuota de $50.000. No obstante, las obligaciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del año en curso sólo podrán financiarse en un máximo de cuatro pagos.

Los contribuyentes bajo fiscalización tendrán un beneficio extra si reconocen las diferencias detectadas por la Dirección de Inteligencia Fiscal. El decreto estipula una reducción del 100% de las multas formales y por omisión para quienes se adhieran antes del 21 de agosto o previo a la instancia judicial. El beneficio caducará y las sanciones volverán a ser exigibles si el aportante incumple el plan de pagos acordado.

Paralelamente, la normativa crea un sistema permanente para el resto de los ciudadanos, con una cuota mínima de $5.000 mediante el sistema francés. Para este segmento, los intereses varían según el plazo: de 1 a 12 cuotas se abonará entre el 40% y el 55% de la tasa de recargos; de 13 a 24 cuotas subirá al 75%; y de 25 a 48 cuotas se cobrará el 100% de la tasa resarcitoria. El cobro se ejecutará de forma exclusiva por débito automático o tarjeta de crédito.

Impuestos incluidos, exclusiones y caducidad

La Dirección General de Rentas habilitó la incorporación de compromisos devengados en los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, de Sellos y a la Propiedad Automotor. También ingresan las Tasas Retributivas de Servicios —a excepción de la Tasa de Justicia— y las multas del régimen catastral. El texto aclara que los fondos en gestión administrativa o judicial requieren el allanamiento previo y el pago de las costas correspondientes.

El Centro Cívico determinó penalidades severas ante la falta de pago de las obligaciones refinanciadas. La caducidad del plan operará de manera automática cuando se verifique la acumulación de tres cuotas impagas, consecutivas o alternadas, o al vencer un saldo pendiente 60 días después del plazo final. Los interesados deberán realizar el trámite de adhesión únicamente a través del portal web oficial del organismo recaudador provincial.

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