¿Cuáles son los requisitos para ingresar con mascotas a la Argentina?

Luego del caso del cachorro demorado en Ezeiza por no cumplir con los requisitos sanitarios necesarios para ingresar al país, cabe recordar cuál es la documentación necesaria para una importación segura

¿Cuáles son los requisitos para ingresar con mascotas a la Argentina?

El caso de “Coco” el perro demorado en Ezeiza hace más de 36 horas por la falta de vacunas preocupa al país. Es por esto que resulta útil saber cuáles son los requisitos para poder ingresar con mascotas en Argentina.

Según informa el Gobierno Nacional desde la página oficial argentina.gob.ar, las reglas son las mismas para caninos y felinos:

Por otra parte cabe mencionar los requisitos sanitarios para obtener dicho CVI según la Resolución GMC 17/15

1-Certificado de salud: emitido dentro de los diez (10) días previos a la fecha de emisión del CVI por un veterinario autorizado en el país de origen que acredite que dicho animal se encuentra clínicamente sano, sin evidencias de parasitosis y que está apto para su traslado.

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2-Vacunación contra rabia: los perros y los gatos deben estar vacunados contra la rabia con vacunas autorizadas por la Autoridad Veterinaria del país de origen / procedencia y con inmunidad vigente según el plazo de validez otorgado por el laboratorio fabricante de la vacuna.

Cuando se trate de animales vacunados por primera vez, la vacuna debe haber sido aplicada al menos VEINTIÚN (21) días previos al ingreso a la República Argentina.

Si el perro o gato es menor de 3 (tres) meses, la Autoridad Veterinaria deberá certificar la edad del animal y que el mismo no ha estado en ninguna propiedad donde ha ocurrido algún caso de Rabia urbana en los últimos NOVENTA (90) días previos a su embarque.

Si el animal procede de un país o zona que cumple con las recomendaciones establecidas en el Código Terrestre de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL (OIE) para ser declarado libre de Rabia, podrá ingresar sin la correspondiente inmunización contra esta enfermedad, debiendo la Autoridad Veterinaria emisora del CVI hacer constar esta condición de país o zona libre en dicho CVI o Pasaporte.

La Constancia de Vacunación Antirrábica original no debe ser retenida por ninguna Autoridad de control dentro de la ARGENTINA ni en el exterior. En todos los casos esta Constancia debe continuar en poder del propietario / responsable del animal.

3-Desparasitación: tratamiento contra parásitos internos y externos dentro de los QUINCE (15) días previos a la fecha de emisión del CVI o a la intervención del Pasaporte, con productos veterinarios aprobados por la Autoridad Veterinaria del país de origen/procedencia.

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