Lorenzatti, el «lawfare» y la independencia judicial

Por Javier H. Giletta

Lorenzatti, el "lawfare" y la independencia judicial

El ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJN) Ricardo Lorenzetti se refirió recientemente a la marcha que se llevó a cabo en Buenos Aires para reclamar cambios profundos en la Justicia y, en particular, en la integración del propio Tribunal Supremo, manifestando en una entrevista radial que la Corte “no va a ceder a ninguna presión”. Al respecto, aclaró que desde que ingresó al más alto Tribunal de la Nación se han realizado muchas marchas, pero que éstas “nunca han tenido influencia en nuestras decisiones”.

A su vez, con relación al “lawfare”, es decir, la supuesta connivencia entre distintos actores políticos, mediáticos y judiciales, para perseguir y apresar a dirigentes políticos y líderes populares, el ex presidente de la Corte se limitó a negar su existencia. Ciertamente, no podía esperarse otra cosa del cortesano, que de haber reconocido la existencia de aquellas prácticas hubiese quedado expuesto a un juicio político u obligado a presentar su renuncia al cargo, dada la evidente “mala conducta” en el ejercicio de sus funciones, en los términos previstos por el artículo 110 de la Constitución Nacional.

“Respeto las opiniones, pero para mí no existe el lawfare y no tengo ninguna duda al respecto”, afirmó categóricamente Lorenzetti, para luego agregar: “Nosotros en la Corte hemos tenido siempre la misma conducta. Yo he dictado fallos con una línea de principios que sigo sosteniendo ahora, no voy a cambiar mi opinión por una coyuntura política. Las mismas decisiones que tomamos ahora las hemos adoptado con las cuatro presidentes que hemos tenido”, en referencia a Néstor Kirchner, Cristina Fernández, Mauricio Macri y el actual primer mandatario Alberto Fernández.

Y en el mismo tono explicó que los magistrados “tenemos que trabajar en base al derecho, si hay pruebas o no hay pruebas, si hay defensas o no hay defensas, lo demás son opiniones”; y que la Corte Suprema “debe ser independiente y resistir cualquier tipo de presión”, debe aplicar “la Constitución y las leyes”, con serenidad y templanza. Pero, curiosamente, omitió mencionar la imparcialidad, que es la virtud principal que debe exhibir un juez.

Acaso traicionado por la espontaneidad de sus declaraciones, el más verborrágico y mediático de los jueces supremos terminó reconociendo que el máximo Tribunal de la República “debe ser independiente”, en lugar de aseverar que lo es. Pocos han reparado en esta cuestión y en la gravedad de sus implicancias, lo cierto es que el jurista santafecino negó la existencia del “lawfare” y, al mismo tiempo, dejó negado también que el Tribunal que integra sea independiente, pues como se sabe, no es lo mismo ser que deber ser.

Para evitar suspicacias, Lorenzetti debió afirmar lisa y llanamente que la Corte Suprema es hoy independiente del poder político y de los demás factores de poder, y por lo tanto, sus miembros pueden resistir presiones de cualquier índole, porque esa es la garantía que necesita tener la población por parte de aquellos que se encargan de administrar Justicia. Sin embargo, no lo hizo, sembrando más dudas que certezas a la hora de hacer público sus comentarios.

Insistimos una y otra vez con el tema de la independencia del Poder Judicial porque estamos convencidos que es la clave para lograr un mejor funcionamiento de ese poder del Estado. Está claro que la mayor eficiencia en la prestación de este servicio esencial no se puede alcanzar sólo incorporando más personal o mejorando las remuneraciones de los funcionarios y empleados judiciales, porque de ser así esto ya se habría logrado hace tiempo.

Los constituyentes de 1853 pretendieron apuntalar aquel principio a través de la inamovilidad judicial, garantizando asimismo la intangibilidad de las remuneraciones de los jueces, pero ambas tutelas lucen insuficientes para afianzar la Justicia en el contexto actual.

Es que sin una independencia real y efectiva resultará imposible afianzar la Justicia. Y la llave para lograr la tan mentada independencia está en la designación de los magistrados, más que en la intangibilidad de sus remuneraciones. De ahí la importancia que se le atribuye hoy al rol que debe cumplir el Consejo de la Magistratura.

Este órgano fue incorporado al texto fundamental con la reforma sancionada en 1994 y según el artículo 114 debe encargarse de “la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial”. También ejerce facultades disciplinarias sobre los jueces federales, decide la apertura del procedimiento para la remoción de éstos, y en su caso, ordena la suspensión y formula la acusación correspondiente.

Desde su creación, el Consejo tuvo un funcionamiento deficiente y recibió numerosos cuestionamientos, que se centran básicamente en su integración, debiendo ser esta determinada por la ley, procurándose el equilibrio entre la representación de los órganos políticos, de los jueces y de los abogados de la matrícula federal, tal como lo prescribe la letra de la Constitución. Precisamente esta norma ha generado y continúa generando profundas controversias.

En este marco, no es casual que la marcha (convocada por algunos sectores y dirigentes afines al oficialismo) se haya concretado después de un fallo de la Corte Suprema que recomienda al Congreso Nacional sancionar una nueva ley que redefina la integración del Consejo de la Magistratura.

Y tampoco es casualidad que ahora la Mesa Nacional de Juntos por el Cambio haya salido a respaldar ese fallo, postulando incluso que la presidencia del Consejo debería ser ejercida por el propio Presidente de la Corte Suprema, ya que esto facilitaría “la integración del órgano dentro del ámbito del Poder Judicial”, otorgando “mayor previsibilidad” al funcionamiento del Consejo.

En fin, desde uno y otro lado de la grieta se reclaman cambios en el Poder Judicial y puntualmente en el Consejo de la Magistratura, sin que exista el más mínimo consenso en torno a ellos. El presidente Alberto Fernández había aludido expresamente a la necesidad de introducir cambios en el sistema judicial en el mensaje que dirigió al Parlamento el 1° de marzo de 2021. Empero, a un año vista de aquello, poco y nada es lo que se ha avanzado en esta materia.

Sólo resaltamos, como novedad, que entre los asuntos incluidos por el Poder Ejecutivo para las sesiones extraordinarias del Congreso se encuentra un proyecto que prevé modificar la integración actual del Consejo de la Magistratura. Se trata de una iniciativa auspiciosa, un primer paso que debe superarse con éxito para poder avanzar luego en las reformas de fondo que deben imprescindiblemente hacerse si se pretende de verdad mejorar el servicio de Justicia en nuestro país.

Por ello venimos reclamando la necesidad de un debate amplio, maduro y participativo, lo más participativo posible, sobre ésta y otras modificaciones que se requieren con urgencia en el Poder Judicial, algo que hasta el presente no ha propiciado seria y responsablemente ningún sector político.

Ya queda poco lugar para las insinuaciones y las quejas verbales, es tiempo de empezar a hacer. Ya no hay más lugar para marchas y contramarchas, el Gobierno tiene una amplia agenda de temas judiciales pendientes que debe comenzar a plantear y resolver. Y la oposición debe demostrar que está a la altura de las circunstancias. Los cambios en el Poder Judicial (no sólo en el Máximo Tribunal y en el Consejo de la Magistratura) tienen que concretarse tanto en el plano institucional como fáctico, porque sólo así logrará afianzarse la Justicia. La Sociedad, en mayor o menor medida, demanda estos cambios. Y la República los necesita.

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