Ni fraude laboral ni industria del juicio

Por Roberto Fermín Bertossi

Ni fraude laboral ni industria del juicio

Urge actualizar la legislación cooperativa de facto y acabar con el fraude masivo que habitualmente permite la flagrante manipulación de la noble fórmula del cooperativismo; ello con el propósito de lograr un nuevo plexo jurídico democrático en esta materia, fundamentalmente para prevenir y remediar el intrusismo y la competencia desleal, acabando con monotributistas sociales truchos o la ficción de trabajadores autónomos e independientes.

Los fraudes legales recurrentes tanto públicos como privados, con la ficción del trabajador autónomo dentro del ámbito de supuestas cooperativas de trabajo asociado, tornan imprescindible impedir la utilización de la figura del trabajador por cuenta propia como miserable herramienta para reducir los costos laborales en vastos sectores, no solamente del empresariado sino también en empresas estatales nacionales, provinciales y municipales.

Transformar el marco jurídico cooperativo de facto en el que pulula este falso modelo de empresa solidaria en múltiples y diversos sectores como, por ejemplo, el de los planes sociales piqueteros, en la industria agro-alimentaria, en la minería, en la gastronomía y el turismo; en el de la construcción, de los servicios o transportes; es una propuesta que contiene varios objetivos generales y específicos.

El primero es básico y pasa por actualizar la normativa a una realidad cooperativa y jurídica que ha evolucionado considerablemente en los últimos 50 años, desde el decreto 20.337/73.

Por otro lado, medidas que prevengan el intrusismo en el ámbito cooperativo, con un elevado costo reputacional derivado de dichas prácticas de competencia desleal, concluyen perjudicando al sector empresario con responsabilidad social (RSE), a las personas trabajadoras cooperativamente asociadas, como a un funcionamiento regular del mercado.

Consecuentemente, se deben incorporar sanciones ejemplares, oportunas y disuasivas para prevenir, corregir o sancionar todo fraude laboral que pudiera intentarse o consumarse, prohijado por desnaturalizaciones cooperativas inaceptables.

Naturalmente, en ningún caso, ninguna cooperativa genuina, debe prescindir de los principios y valores que aporta su lozanía natural y tradicionalmente transformadora, urbana y rural. Prescindir o negar los mismos, irremediablemente deriva en la perversión del modelo cooperativo, generando ámbitos de precarización en las condiciones de trabajo y entrando en contradicción con la generación de trabajo digno, propio de un ámbito cabalmente cooperativo.

Esta propuesta sugiere también un endurecimiento legal para evitar todo fraude posible, especialmente –reitero- en el ámbito de falsos monotributistas sociales como de abusos y simulaciones patronales laborales, previsionales, impositivas, sindicales y contables.

Administrativa, previsional, judicial y periodísticamente, se han detectado comportamientos nefastos, consistentes en la utilización empresaria fraudulenta de la figura o clase propiamente cooperativa para aprovecharse también del legítimo derecho de opción que la actual normativa concede a las mismas en cuanto al régimen de seguridad social aplicable, especialmente en las cooperativas de trabajo asociado, sirviendo éstas a la postre, para enmascarar verdaderas relaciones laborales que inescrupulosamente abusan del espíritu cooperativo, provocando -según señalamos- situaciones de abusos y competencia desleal en nuestro menguado mercado de trabajo; afectado además, y gravemente, por la industria del juicio.

Finalmente, lograr transformar y adecuar la normativa de facto para reimpulsar democrática y federalmente el papel motorizante del desarrollo humano, urbano y rural que caracteriza a las verdaderas cooperativas hace a los ajustes necesariamente ineludibles de un modelo solidario civil que debiera funcionar con mayor autenticidad, agilidad y transparencia, mediante verosímiles respuestas actuales para viejos y nuevos desafíos.

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