Las comisiones de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos, y Legislación General comenzaron el trabajo del proyecto que incorpora el requisito de Ficha Limpia al Código Electoral Provincial.
écnicamente, el artículo prohibirá la candidatura de personas que se encuentren condenadas a penas privativas de la libertad, aunque la sentencia no se esté firme y la pena sea de cumplimiento en suspenso.
El proyecto inicial lleva la firma de 17 legisladores de la oposición y especifica los delitos establecidos en el Código Penal en los que no podrán incurrir las personas que quieran ser candidatas: cohecho y tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, exacciones ilegales, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, encubrimiento, fraude en perjuicio de la administración pública, delitos contra la seguridad de la Nación, contra la integridad sexual, contra el estado civil de las personas y contra la libertad.
El primer texto señala que “la inhabilitación se extenderá desde que exista sentencia condenatoria en segunda instancia del proceso hasta su eventual revocación posterior, o hasta el cumplimiento de la pena”.