La Cámara Nacional del Trabajo declaró ayer la inconstitucionalidad de todos los artículos del capítulo laboral contenido en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del Gobierno nacional, en el marco de una presentación realizada por la Confederación General del Trabajo (CGT). Se trata de un nuevo golpe al megadecreto lanzado por el presidente Javier Milei para reorganizar la economía, que se encamina a ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia.
De hecho, la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo modificó una sentencia de primera instancia que solo había dispuesto aceptar “parcialmente” la acción de amparo promovida por la CGT y declaró la “invalidez constitucional” del Título IV de la norma presidencial. La CGT apeló la decisión de primera instancia porque solo había dispuesto la invalidez de seis de los 45 artículos de ese capítulo -73, 79, 86, 87, 88 y 97-, lo que ahora obtuvo respuesta favorable en segunda instancia.
El tribunal sostuvo que ese capítulo del DNU es “contrario al artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional”, que establece que el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) “participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar”, pero aclara que “no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo”.
En primera instancia se había considerado que la CGT no tenía “legitimación” para reclamar con relación a derechos “individuales” de los trabajadores, lo que fue dejado sin efecto por la Cámara que, citando numerosos precedentes, admitió la representación de la demandante y dictó la inconstitucionalidad de la reforma laboral. La sentencia es la primera acerca de la “cuestión de fondo” sobre impugnaciones a los artículos en materia laboral, ya que durante el receso se fueron dictando medidas cautelares que suspendieron preventivamente esas disposiciones del PEN, que anunció que apelará la medida.
La Corte revisará el planteo de La Rioja
El Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, dictaminó el lunes a favor de que la Corte Suprema de Justicia intervenga en el amparo presentado por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, contra el DNU impulsado por Gobierno nacional. La presentación fue en plena feria judicial y por la misma, Casal resolvió que el caso es de competencia originaria de la Corte Suprema, que quedó habilitada a tratar el DNU. Ahora, el tribunal analizará el caso a partir de febrero, aunque no tiene plazos establecidos ni definición al respecto, puesto que es un tema en plena discusión incluso en el Congreso Nacional.