La Corte confirmó un fallo contra las cadenas perpetuas

El fallo resalta el "derecho a la esperanza" de los condenados, promoviendo la resocialización y la posibilidad de reintegrarse a la sociedad tras cumplir 35 años de prisión

La Corte confirmó un fallo contra las cadenas perpetuas

La Corte Suprema dejó firme ayer una sentencia que declaró inconstitucional un artículo del Código Penal que impide a condenados por ciertos delitos graves obtener la libertad condicional, en un fallo vinculado a un hombre que tiene prisión perpetua por el asesinato de un policía.

Si bien el fallo se basa en un caso puntual, de Sebastián Alejandro Guerra -condenado por homicidio a perpetua-, pone en duda la vigencia del artículo 14 del Código Penal, que veda el derecho a pedir la libertad condicional a condenados por delitos graves.

La Cámara de Casación había declarado inconstitucional este artículo. Contra ese fallo, la fiscalía recurrió a la Corte Suprema, que entendió “mal concedido el recurso fiscal” y dejó firme el fallo anterior.

No obstante, en su sentencia la Corte Suprema aclaró que “en el caso no se encuentra discutida la validez constitucional de la pena de prisión perpetua”, ya que no se analizó esto sino el recurso otorgado por la Cámara de Casación.

Más allá de esta cuestión, la Corte estableció certezas importantes en materia penal relacionadas con la aplicación de la prisión perpetua, como por ejemplo el derecho del condenado a saber cuándo puede acceder a una libertad anticipada, la prohibición constitucional de imponer torturas y la necesidad de que las penas “tengan un fin de resocialización”.

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