Tanto el lugar en donde se vota, como el anuncio del transporte público gratuito son dos de los datos más relevantes de la jornada para levar a cabo el acto cívico. Asimismo, La Justicia informó una serie de actividades prohibidas para hoy y los documentos habilitados para sufragar.
Lo primero que hay que saber es que el Tribunal Electoral Provincial puso a disposición el padrón electoral definitivo para los próximos comicios de renovación de autoridades provinciales. La consulta se puede realizar por tres canales diferentes, todos gratuitos, donde sólo se debe ingresar el DNI.
De esta manera, las consultas se harán en: la página oficial del Fuero Electoral, en el link directo del padrón o a través de la nueva aplicación “Padrón Electoral Córdoba 2023″.
Por otra parte, desde el Fuero Electoral de la Provincia de Córdoba difundieron un decreto firmado por la jueza Marta Elena Vidal en el que establece cuáles son los DNI habilitados:
Libreta de Enrolamiento
Libreta Cívica
D.N.I. (libreta verde)
D.N.I. (libreta celeste)
D.N.I. tarjeta (del D.N.I. libreta celeste, aunque figure la leyenda “No válido para votar”)
Nuevo D.N.I. (tarjeta)
De esta manera, confirmaron que no se permitirá sufragar con las versiones digitales de los DNI.
Por otra parte, el tribunal dispuso que el uso de los teléfonos celulares -con la consecuente posibilidad de obtener imágenes fotográficas- en la cabina o biombo de votación configura un riesgo al secreto del sufragio”. Por ello, resolvió prohibir el uso de teléfonos celulares por los ciudadanos en el recinto de votación.
Además, desde las 8 de la mañana del viernes 23 y hasta las 21 del domingo 25 rige la veda electoral que contempla la prohibición de:
Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación;
Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación;
Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación;
Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado;
El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas (desde las 20 del sábado)
Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral;
La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos. Realizar actos públicos de proselitismo.
Con respecto al transporte, todas las personas que necesiten viajar para ir a votar dispondrán de un viaje de ida y vuelta totalmente gratuito, tanto para el servicio urbano como interurbano.
En el caso de los interurbanos, el votante deberá mostrar su DNI. Es importante que el domicilio del mismo esté actualizado y coincida con el destino al que se viaja para emitir el voto. Para el pasaje de vuelta, el pasajero deberá exhibir la constancia de emisión de voto entregada por la autoridad de la mesa. Por su parte, las autoridades de mesa también tendrán que presentar su documento de identidad y sumar el telegrama oficial de designación.
Para el transporte urbano sólo se deberá presentar el DNI.