La Cámara de Casación revisará la exclusión de los querellantes del caso $LIBRA

El tribunal concedió un recurso de queja presentado por dos damnificados que buscan ser reconocidos como querellantes en la investigación por la presunta estafa con la criptomoneda.

El presidente Javier Milei junto al empresario Hayden Davis.

El presidente Javier Milei junto al empresario Hayden Davis.

La Cámara Federal de Casación Penal habilitó la revisión del rechazo a dos damnificados que buscan ser reconocidos como querellantes en la causa por la presunta estafa con la criptomoneda $LIBRA, en la que está involucrado el presidente Javier Milei.

La decisión fue adoptada este miércoles por la Sala II del máximo tribunal penal, que hizo lugar a un recurso de queja y concedió el recurso de casación presentado contra el fallo de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. Este último había confirmado la resolución del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 8, que rechazó el pedido de Vladislav Andreevich Lapchenko y Sviatlana Vitalievna Krasutskaya para ser tenidos como querellantes en el expediente.

El fallo lleva las firmas de los jueces Alejandro W. Slokar y Angela E. Ledesma, quienes acompañaron la decisión de habilitar la instancia de revisión. En disidencia se pronunció Guillermo J. Yacobucci, quien consideró que correspondía declarar inadmisible el recurso de queja por casación denegada.

En su voto, Slokar sostuvo que los agravios planteados por la parte recurrente se encuentran entre las causales previstas en el artículo 456 del Código Procesal Penal de la Nación, por lo que correspondía hacer lugar a la queja. Ledesma adhirió a esa postura al considerar que se había planteado una cuestión federal suficiente para habilitar la instancia.

La resolución ordena emplazar a las partes en los términos de los artículos 453, 464 y 465 del Código Procesal Penal y remitir las actuaciones a la Oficina de Sorteos de la Cámara para que se asigne el expediente al tribunal correspondiente.

De esta manera, Casación no reconoció todavía a los dos damnificados como querellantes, sino que habilitó la revisión del fallo que les había impedido intervenir formalmente en la investigación.

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