La Cámara Federal de la Seguridad Social dejó sin efecto la resolución que había dado de baja la pensión no contributiva de la ex presidenta Cristina Kirchner por el fallecimiento del ex mandatario Néstor Kirchner, por lo que la ex vicepresidenta volverá a cobrar esa pensión.
La Cámara resolvió “declarar formalmente admisible el recurso” presentado por Cristina Kirchner y, en consecuencia, “suspender los efectos” de la resolución de la ANSES que había dado de baja la pensión por la muerte de Néstor Kirchner en octubre de 2010.
Hasta hace dos años, cuando fue suspendida, la pensión rondaba los 8 millones de pesos mensuales.
De todos modos, el Ministerio de Capital Humano interpondrá a través del ANSES un recurso extraordinario federal contra la sentencia dictada por la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
La decisión de la Cámara llegó después de una apelación que la defensa de la ex mandataria había presentado en noviembre del año pasado, después de que la jueza del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1, Karina Alonso Candis, hubiera rechazado una medida cautelar que buscaba frenar la quita del beneficio.
«Se hizo justicia», dijo Dalbón
El abogado Gregorio Dalbón, que representa a la ex mandataria en causas civiles, dijo que “se hizo justicia” porque el propio tribunal “fue claro” al consignar que «en esta etapa inicial, el acto administrativo no exhibe un ‘nexo causal claro y suficiente’ entre los motivos invocados y la baja del beneficio.
LA PENSIÓN DE CFK.
Se hizo justicia.
La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social suspendió los efectos de la resolución 2024-1092-ANSES y ordenó restituir la pensión mientras se tramite el juicio principal. No es un detalle menor: se trata de una medida cautelar… pic.twitter.com/2ynwtc8XkY
— Gregorio Dalbon #CristinaLibre (@Gregoriodalbon) February 12, 2026
“En términos simples, el Estado no puede quitar un derecho previsional de naturaleza alimentaria sin una fundamentación sólida, proporcional y jurídicamente consistente”, dijo desde sus redes sociales.
También señaló que es “relevante que la Cámara haya precisado que esta decisión no interfiere con la ejecución penal. Son planos distintos. El derecho previsional no se convierte automáticamente en pena accesoria por voluntad administrativa”, subrayó.
