En una medida que busca alinear a la Argentina con los estándares internacionales de propiedad intelectual, los Ministerios de Salud y Economía, junto con el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), emitieron la Resolución Conjunta 1/2026.
Esta norma deroga las pautas restrictivas vigentes desde 2012 para el examen de solicitudes de patentes químico-farmacéuticas, estableciendo un nuevo marco que devuelve al INPI la facultad de analizar cada caso de manera individual según la Ley de Patentes vigente.
La resolución argumenta que el fortalecimiento de los derechos de propiedad intelectual es fundamental para promover la innovación e incrementar la disponibilidad de productos farmacéuticos de vanguardia. Según los considerandos del documento, un régimen sólido de patentamiento acelera la llegada de nuevas drogas al mercado y genera condiciones de previsibilidad y seguridad jurídica, lo que facilita el acceso oportuno a tratamientos en beneficio de la salud pública.
Con este cambio, el análisis de patentabilidad se realizará caso por caso bajo los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial establecidos en la Ley N° 24.481 y el acuerdo internacional ADPIC. Las autoridades consideran que las restricciones derogadas limitaban la competencia natural del INPI y resultaba necesario optimizar los procedimientos de examen para garantizar la coherencia con las mejores prácticas internacionales.
Protección a la comercialización vigente
Para evitar perjuicios inmediatos ante este cambio normativo, la resolución establece un mecanismo transitorio de protección. Se dispone que, para aquellas patentes que se concedan a partir de ahora, los titulares no podrán impedir la comercialización ni requerir retribución alguna a terceros que ya se encuentren vendiendo esos productos farmacéuticos de forma local a la fecha de entrada en vigencia de la norma.
Esta excepción es amplia y abarca no solo el producto terminado, sino también sus principios activos y métodos de elaboración, garantizando que la producción, importación y depósito de medicamentos ya presentes en el mercado continúe sin interrupciones.
La medida, publicada este 18 de marzo en el Boletín Oficial, lleva las firmas del Ministro de Salud, Mario Iván Lugones; el Ministro de Economía, Luis Andrés Caputo; y el Presidente del INPI, Carlos María Gallo.
