El Senado aprobó el régimen de incentivos fiscales para inversiones medianas

La iniciativa impulsada por la UCR fija beneficios fiscales por 30 años para proyectos de al menos 12 millones de dólares. Exige un 20% de proveedores locales.

Los ocho departamentos cordobeses que gozaban el beneficio, quedaron afuera del régimen de Zona Fría.

El pleno del Senado aprobó la iniciativa.

El Senado de la Nación aprobó este jueves con media sanción el proyecto de ley que crea el Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR), impulsado por el bloque de la Unión Cívica Radical. La iniciativa obtuvo 60 votos a favor y 2 en contra, por lo que fue derivada a la Cámara de Diputados para su tratamiento definitivo.

El esquema otorga estabilidad tributaria y beneficios fiscales durante 30 años a desarrollos productivos que contemplen un desembolso mínimo de 12 millones de dólares. Ahora lo tiene que votar Diputados para que se convierta en ley.

Un puente entre las medianas y grandes inversiones

El nuevo marco normativo busca cubrir la brecha existente entre los beneficios de la legislación vigente y el régimen para grandes inversiones Rigi. El autor de la propuesta, el senador Eduardo Vischi, explicó que la norma surgió de reclamos del sector privado y apunta a fortalecer la competitividad del entramado productivo de la economía real, con foco en el desarrollo de la oferta exportadora.

«El RIIR es un bache entre el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), aprobado en la Ley de Modernización Laboral, y el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)», afirmó Eduardo Vischi, presidente del bloque de senadores de la UCR.

Desde la oposición parlamentaria surgieron advertencias respecto del impacto macroeconómico y la superposición de regímenes de excepciones fiscales.

El jefe del bloque Justicialista, José Mayans, consideró que la medida «tiene buenas intenciones» pero «resulta insuficiente» dada la coyuntura actual, mientras que el legislador Jorge Capitanich cuestionó la falta de previsión sobre el cupo fiscal en las cuentas públicas.

Alcances del esquema fiscal y requisitos

El proyecto habilita beneficios para desembolsos ejecutados en los primeros dos años de vigencia de la norma, destinados a maquinaria nueva, obras productivas, sistemas de riego, eficiencia energética, mallas antigranizo y ganado amortizable. Quedan excluidos del régimen los automóviles, activos financieros, inversiones de cartera y bienes de cambio.

«Estamos generando múltiples regímenes de inversión con asimetrías desde el punto de vista de sus valores, con impacto fiscal y sin considerar el cupo fiscal dentro de los respectivos presupuestos», advirtió el senador Jorge Capitanich durante el debate en el recinto.

Las firmas que soliciten la adhesión deberán presentar un plan detallado de ejecución, proyecciones de empleo y exportaciones, además de garantizar un mínimo del 20% de contratación de proveedores nacionales. La autoridad de aplicación dispondrá de un plazo máximo de 90 días hábiles para la evaluación de los proyectos presentados.

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