La disputa por la Ley de Tierras expuso las diferencias internas en la Corte Suprema

Dos fallos contrapuestos sobre los límites a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros dejaron al descubierto las tensiones entre los integrantes del máximo tribunal. Mientras una mayoría defiende que se trató de decisiones jurídicamente diferentes, el juez Carlos Rosenkrantz cuestionó la respuesta adoptada tras la reacción política y social.

La disputa por la Ley de Tierras expuso las diferencias internas en la Corte Suprema

La disputa por la Ley de Tierras dejó al descubierto las diferencias internas en la Corte Suprema, con fallos contrapuestos sobre las restricciones a la compra de campos por extranjeros y un nuevo cruce entre los jueces por los criterios jurídicos aplicados.

La controversia en torno a la Ley de Tierras profundizó las diferencias internas en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y abrió un nuevo capítulo de tensión entre sus integrantes. En apenas diez días, el máximo tribunal adoptó dos decisiones que modificaron el escenario judicial sobre los límites a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros, en medio de fuertes repercusiones políticas.

Según informó LA NACION, el conflicto dejó un clima de convivencia «sensibilizado» entre los jueces, una situación que volvió a exponer desacuerdos que hasta ahora no siempre se manifestaban públicamente.

El primer fallo dejó sin efecto una medida cautelar que frenaba el decreto de necesidad y urgencia 70/2023, impulsado por el presidente Javier Milei. La decisión se basó en un argumento procesal: la Corte consideró que el Centro de Ex Combatientes de Malvinas que había presentado el reclamo no estaba legitimado para cuestionar la constitucionalidad de la norma.

La resolución fue firmada por unanimidad por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Sin embargo, sus consecuencias fueron más allá del aspecto jurídico, ya que dejaron sin efecto la protección cautelar que mantenía vigentes los límites establecidos por la Ley de Tierras, entre ellos el tope del 15% de la superficie rural que puede quedar en manos extranjeras.

La decisión provocó críticas de sectores políticos y sociales. En ese contexto, Rosatti y Lorenzetti difundieron un comunicado para aclarar que el fallo no cerraba definitivamente la discusión y que el tema podía volver a ser analizado. Rosenkrantz no habría sido consultado para la elaboración de ese mensaje, según fuentes de su entorno citadas por el medio.

Días después, la Corte volvió a intervenir y dictó una nueva resolución que restableció la vigencia de la ley y sus restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros.

Dos interpretaciones sobre los fallos

Las decisiones dejaron al descubierto diferencias tanto jurídicas como institucionales entre los magistrados. La segunda resolución fue respaldada por una mayoría integrada por Rosatti y Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Rosenkrantz votó en disidencia.

El desacuerdo se centró, en parte, en el momento en que debía intervenir la Corte. Para Rosenkrantz, los planteos presentados por la organización ambientalista Árbol de Pie debían ser analizados primero por los tribunales inferiores antes de llegar a la instancia suprema. Sus colegas consideraron, en cambio, que correspondía dictar una medida cautelar sin esperar ese recorrido judicial.

En su voto, Rosenkrantz también cuestionó indirectamente la posibilidad de que las decisiones judiciales respondan a la presión pública. Sostuvo que el descontento social generado por un fallo no justifica adoptar resoluciones que contradigan la Constitución o las leyes.

Desde el sector mayoritario rechazan que haya existido una marcha atrás. Argumentan que las dos causas eran diferentes: la primera había sido presentada por un grupo que, según la Corte, carecía de legitimación para reclamar, mientras que la segunda involucraba a una organización ambientalista y a comunidades habilitadas para solicitar protección judicial en esa materia.

De acuerdo con esa interpretación, no hubo contradicción entre las resoluciones, sino dos respuestas a expedientes con características distintas. También sostienen que el comunicado difundido tras el primer fallo buscó aclarar el alcance de la decisión ante interpretaciones políticas que la presentaban como definitiva.

Cerca de Lorenzetti describen el episodio como una diferencia jurídica legítima y vinculan el desacuerdo con las distintas interpretaciones de la legislación ambiental. La mayoría respalda su postura en precedentes del tribunal, entre ellos los vinculados con la problemática del Riachuelo y otras medidas cautelares ambientales.

Las tensiones que van más allá de la Ley de Tierras

Aunque los integrantes de la Corte intentan reducir el alcance del conflicto, las diferencias entre Rosenkrantz y Rosatti tienen antecedentes y se extienden a otras cuestiones institucionales. Entre ellas se encuentran el liderazgo del máximo tribunal en el Consejo de la Magistratura y las reglas para seleccionar jueces.

Rosenkrantz y Lorenzetti cuestionaron la discrecionalidad de algunas etapas de los concursos judiciales, en particular las entrevistas personales, que pueden influir en la posición de los candidatos. Ambos impulsaron cambios en el reglamento de selección, pero la iniciativa quedó paralizada en el Consejo de la Magistratura, presidido por Rosatti, quien no firmó la acordada propuesta por Rosenkrantz.

En este contexto, el conflicto por la Ley de Tierras volvió a poner en evidencia las diferencias sobre el papel de la Corte y los límites de su intervención frente a controversias con repercusiones políticas.

Algunos integrantes del tribunal consideran que el primer fallo también transmitió un mensaje a los juzgados inferiores sobre la necesidad de que las causas lleguen debidamente tramitadas antes de ser elevadas a la máxima instancia judicial.

Por otra parte, en la Corte relativizan el impacto de la controversia sobre el DNU 70/2023 y recuerdan que el decreto continúa vigente en la mayor parte de sus disposiciones, pese a los cuestionamientos de la oposición.

La reforma laboral, el próximo tema en discusión

Las diferencias internas podrían volver a manifestarse en el próximo pronunciamiento de relevancia política. La Corte tiene pendiente resolver planteos relacionados con el capítulo laboral del DNU 70/2023, una de las partes más discutidas de la reforma impulsada por el Gobierno nacional.

La Procuración General ya dictaminó que ese capítulo es inconstitucional en lo referido a los aportes sindicales. Ahora, los jueces deberán analizar el caso y definir una posición, en una resolución que podría volver a mostrar distintas interpretaciones dentro del tribunal.

Además, permanecen pendientes otros planteos vinculados con disposiciones del decreto presidencial. Por eso, aunque los magistrados buscan presentar la controversia por la Ley de Tierras como una diferencia jurídica puntual, el debate sobre la reforma laboral podría volver a poner a prueba la convivencia interna de la Corte.

El episodio dejó así dos discusiones abiertas: el alcance de la intervención judicial en asuntos de fuerte repercusión pública y las diferencias entre los jueces sobre cómo deben resolverse las controversias constitucionales. El próximo fallo sobre la reforma laboral será una nueva instancia para observar si esas tensiones se mantienen o si las posiciones vuelven a ordenarse de otra manera.

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