La Secretaría de Energía de la Nación, bajo la conducción de María Carmen Tettamanti, oficializó este viernes la Resolución 79/2026, mediante la cual se actualizan las especificaciones técnicas de calidad para los combustibles líquidos en todo el país. La medida busca optimizar la integración de biocombustibles en el mercado energético nacional.
El cambio fundamental radica en el incremento del límite máximo de contenido de oxígeno en las naftas, el cual se ha fijado en un 5,6%. Según los considerandos de la norma, esta adecuación responde de forma exclusiva al aumento del contenido de bioetanol en las mezclas, sin que ello implique la incorporación de otros compuestos oxigenados.
La resolución destaca que un mayor contenido de compuestos oxigenados, vinculado directamente al bioetanol, aporta beneficios significativos tanto para el rendimiento del motor como para el medio ambiente:
- Mejora la eficiencia de la combustión.
- Reduce las emisiones de monóxido de carbono.
- Aumenta el número de octano efectivo del combustible.
Esta decisión se apoya en la Ley N° 27.640, que regula el régimen de biocombustibles, y en informes técnicos de la Subsecretaría de Hidrocarburos. Dichos estudios, basados en estándares internacionales, analizaron las barreras técnicas que surgen cuando las mezclas de bioetanol superan el 10% en volumen, concluyendo que elevar el límite de oxígeno al 5,6% es técnicamente viable para acompañar la evolución de los combustibles.
Hasta la fecha, las normativas vigentes admitían contenidos de hasta un 15% de bioetanol en naftas y un 20% de biodiesel en gasoil. Con la publicación de esta nueva resolución en el Boletín Oficial, se sustituye el Anexo II de la histórica Resolución N° 1.283/06 para reflejar los nuevos parámetros de calidad.
La medida entra en vigencia inmediata a partir de su publicación, marcando un avance en la regulación del sector hidrocarburífero y el cumplimiento de los marcos regulatorios establecidos por la Ley N° 17.319.
