La temida judicialización de las elecciones avanzó ayer un paso más cuando el presidente del partido País, Oscar Alva, recurrió a la Corte Suprema de Justicia con un recurso de amparo que reclama la declaración de inconstitucionalidad de un artículo de la Ley 15.315, que permite la re-reelección de los intendentes de la provincia de Buenos Aires. En su planteo, Alva también pidió la suspensión de las Paso “hasta tanto se dicte la respectiva sentencia de fondo en la presente causa”.
De avanzar, el recurso significaría un descalabro de proporciones mayúsculas en la provincia más grande del país, donde 135 intendentes quedaron habilitados para sumar 12 años en el poder a partir de una modificación de la norma, sancionada por la Legislatura en diciembre de 2021. La ley impugnada fue de hecho avalada allí por la mayoría de los partidos políticos por una simple razón: tanto los alcaldes oficialistas como los opositores buscan permanecer en el cargo por más de dos mandatos consecutivos.
El propio Alva aseveró que actualmente hay 91 intendentes en Buenos Aires que tienen al menos dos períodos consecutivos en sus municipios: la lista está encabezada por Juntos por el Cambio (JxC) con 48 mandatarios, mientras el Frente de Todos (FdT) ostenta 40 y hay otros tres de partidos vecinales. Según argumentó en la presentación, firmada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez como abogado patrocinante, el artículo 4 de la ley cuestionada viola garantías republicanas contempladas en la Constitución y desconoce los estándares internacionales en la materia.
“Los mandatos de Intendentes, Concejales, Consejeros Escolares, Diputados y Senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente Ley. En el caso de los mandatos que se hubieren iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computará como primer período sólo en el caso que no haya ejercido un mandato inmediato anterior”, dice el artículo cuestionado.
Para Alva, “no existen argumentos jurídicos razonables que permitan justificar la regresión normativa e institucional republicana que supondría otorgar a algunos pocos el privilegio de permanecer en el poder, mucho más aún, si consideramos a la democracia sustancial sostenida por los derechos fundamentales y los derechos humanos como la base de sustentación del estado constitucional y convencional de derecho argentino”, según argumenta en su recurso.
Definen los comicios en San Juan y Formosa
La Corte Suprema resolverá en sus próximos acuerdos la situación electoral en las provincias de San Juan y Formosa, en las que se cuestiona la posibilidad de reelección de sus actuales gobernadores, Sergio Uñac y Guildo Insfrán.
En ambos casos, es necesario un paso previo: el pronunciamiento de la Procuración General de la Nación, aunque en dos escenarios diferentes.
Sobre San Juan, el procurador interino Eduardo Casal debe pronunciarse sobre si la candidatura de Uñac está o no habilitada, puesto que la oposición sostiene que se trataría de un cuarto mandato, vedado por la constitución provincial.
La Procuración había opinado que la Corte no debía inmiscuirse en el caso, pero el tribunal desoyó ese criterio y consideró que está habilitada la intervención del máximo tribunal.
El escenario de Formosa está en un paso anterior: la Corte le pidió opinión al procurador sobre su competencia y Casal volvió a considerar que el tema debería quedar circunscripto a los tribunales provinciales.
La Corte debe ahora emitir una decisión sobre esa primera cuestión –si interviene o no- y dependiendo de ello, la Procuración deberá volver a pronunciarse, en ese caso ya sobre el fondo del reclamo.