La Corte Suprema de Justicia dejó firme ayer la condena a tres años y seis meses de prisión contra Germán Kammerath en la causa en la que fue declarado culpable por negociaciones incompatibles con la función pública, cuando fue Intendente de Córdoba, entre 1999 y 2000. De este modo, Kammerath debería haber quedado detenido anoche, tras librarse la orden correspondiente.
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco, que rechazaron el recurso de la defensa del exfuncionario. En cambio, hubo una disidencia de los jueces Carlos Rosekrantz y Juan Carlos Maqueda, que señalaron que se había violado la garantía del plazo razonable para dictar sentencia, ya que los hechos ocurrieron en el 2000, el caso se investigó en el 2003 y fue elevado a juicio en 2006.
Cabe recordar que, en abril de 2018, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) había confirmado la condena a tres años y medio de prisión contra Kammerath que, en octubre de 2015, había dictado la Cámara Segunda del Crimen. En aquella oportunidad, el TSJ rechazó la casación que presentaron los defensores del dirigente.
El fallo de la Sala Penal, unánime, había condenado a Kammerath por negociaciones incompatibles con la función pública” por la contratación que la comuna hizo de la firma Radioaviso para realizar seguimiento de la flota de vehículos municipales durante su gestión al frente del Palacio 6 de Julio. A su vez, su fallecido cuñado Alejandro Rodríguez de la Puente, enfrentaba los mismos cargos, ya que al momento de la contratación era subsecretario de Coordinación.
En 2003, cuando llegó a la Municipalidad de Córdoba, Juez había dicho: Voy a hacer lo imposible para que Kammerath vaya preso, y lo haremos llevando pruebas documentales a la Justicia para que actúe con objetividad”. Más tarde, Juez radicó la denuncia contra Kammerath. Sin embargo, no fue hasta 2015, que el ahora candidato a senador nacional por Juntos por el Cambio declaró ante la Justicia. Allí explicó que presentó la denuncia porque encontró un decreto en el que Kammerath había contratado a la empresa de un cuñado, lo que está prohibido por ley. Más tarde, en junio de 2018, el TSJ le concedió el recurso extraordinario a Kammerath para que fuera la Corte Suprema la que considerara la condena.