Estos son los criterios para que jubilados y trabajadores puedan acceder a préstamos de Anses

Se formalizó la medida anticipada por Massa, que permite el financiamiento a jubilados y trabajadores aportantes bajo las condiciones establecidas por la Anses.

Estos son los criterios para que jubilados y trabajadores puedan acceder a préstamos de Anses

El Gobierno estableció los requisitos que deberán cumplir jubilados y trabajadores registrados para acceder a créditos de la Anses por hasta $400.000.

La medida, que había sido anticipada por el ministro de Economía, Sergio Massa, se formalizó por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 463/2023, publicado este jueves en el Boletín Oficial.

Según lo dispuesto, el otorgamiento de financiamiento a los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y a los trabajadores aportantes se concretará bajo las modalidades y en las condiciones que establezca la Anses.

En el caso de los jubilados, la inversión podrá ser por hasta el 20% de los activos totales del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, mientras que para los trabajadores no podrá exceder el 5%.

A esta nueva línea de créditos, el Estado Nacional destinará $450.000 millones, aunque se monto se podrá ampliar; el monto máximo a otorgar será de $400.000, a una Tasa Nominal Anual (TNA) del 50%, para todos los plazos de amortización para los trabajadores.

En todos los casos la relación cuota-ingreso con respecto al crédito otorgado no puede superar el 20% de la remuneración bruta mensual.

Para el otorgamiento de los préstamos, los trabajadores deberán cumplir con -entre otros- los siguientes requisitos:

El DNU estableció además que el plazo de amortización de los créditos para trabajadores se establece en 24, 36 y 48 cuotas mensuales y consecutivas.

El pago de la primera cuota tendrá un período de gracia que podrá extenderse hasta tres meses, según la fecha de otorgamiento del crédito en función del día de cobro de la remuneración del trabajador.

La ANSeS fue facultada para debitar todo importe adeudado por el crédito de las cuentas bancarias que posea el tomador, aún en descubierto y sin interpelación alguna.

Asimismo, las personas tomadoras de los créditos no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas hasta la cancelación total del crédito.

Para el Poder Ejecutivo, «resulta necesario actuar con celeridad y decisión para implementar medidas que alivien el actual contexto económico desafiante que afecta sensiblemente a las trabajadoras y los trabajadores».

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