La Justicia ordenó a la Anses a brindar la asignación por maternidad a una madre no gestante

La causa judicial se inició luego de que una mujer que había sido madre con su pareja, quien fue la que gestó el niño a partir de un tratamiento de fertilidad, presentó un amparo contra la Anses y contra el Poder Ejecutivo Nacional

La Justicia ordenó a la Anses a brindar la asignación por maternidad a una madre no gestante

La Justicia ordenó a la Anses el pago de la asignación por maternidad a una madre no gestante que había pedido licencia en el trabajo ya que «la ley debe brindarle los mismos derechos y exigirle las mismas obligaciones que a la progenitora gestante», informó hoy el Ministerio Público Fiscal.

El juez federal subrogante del Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10, Ezequiel Pérez Nami, hizo lugar a un amparo y llamó al organismo de Seguridad Social a pagarle la licencia por maternidad debido a que «la madre no gestante es madre a todos los efectos jurídicos plenos, y por lo tanto la ley debe brindarle los mismos derechos y exigirle las mismas obligaciones que a la progenitora gestante», según explicó en su fallo que fue consignado por el sitio Fiscales.com.ar.

En consonancia con el dictamen de la fiscal subrogante de la Fiscalía Federal de Seguridad Social N°1, Mariana Grinberg, el juez entendió que en este caso debe respetarse «la protección de la salud del niño/a, su desarrollo físico y emocional y, por sobre todas las cosas, se le debe brindar la garantía de seguridad económica familiar».

La causa judicial se inició luego de que una mujer que había sido madre con su pareja, quien fue la que gestó el niño a partir de un tratamiento de fertilidad, presentó un amparo contra la Anses y contra el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para que se reconozca el pago de la asignación por maternidad contemplada por el artículo 177 de la ley de Contrato de Trabajo, N°20.744, y en el artículo 11 de la ley del Régimen de Asignaciones Familiares, N° 24.714.

Estas normas establecen que, durante el período de licencia, la trabajadora conserva su puesto de trabajo y tiene derecho a percibir una suma equivalente a su remuneración bruta, que se denomina «asignación por maternidad», que no posee carácter remunerativo, sino que es una prestación de la Seguridad Social que atiende precisamente la contingencia de la maternidad.

La empleadora de la madre no gestante le había otorgado la licencia por maternidad por tres meses pero la Anses le notificó el rechazo de la asignación por maternidad por no encontrarse embarazada.

«Si bien en el ámbito académico, doctrinario y jurisprudencial ya se están dando los avances necesarios para alcanzar soluciones que cubran de manera eficaz las nuevas necesidades de la sociedad, en materia de legislación de asignaciones el proceso de adaptación es paulatino y se encuentra en constante evolución», resaltó Pérez Nami.

«Es evidente que se precisa el dictado de una nueva ley nacional de licencias y asignaciones familiares que facilite la inserción de las mujeres en el mercado laboral con una mejor división de responsabilidades y evite una ‘discriminación inversa’ para el componente masculino o femenino no gestante de la pareja», concluyó el juez.

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