El legislador del bloque Construyendo Córdoba, Dante Rossi, presentó un proyecto de ley que busca suspender por un año el pago de de las tasas que pagan los usuarios para el sostenimiento del Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep).
La iniciativa dispone por el lapso de un año la inaplicabilidad del artículo 31 inciso a) de la ley 8.835, referido al pago de una tasa a cargo de los usuarios de los servicios públicos, para sostener el funcionamiento del Ersep, como así también lo dispuesto por el Decreto N° 2298/00 por igual plazo.
Además, vuelve a plantear la intervención del Ente por el término de un año, dejando a salvo la representación de los partidos políticos, atento su carácter de sujetos de derecho público, y del Director elegido por la Asociación de Usuarios.
La intervención estaría a cargo de la presidenta de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos de la Unicameral, quien cumplirá su función sin percibir ningún tipo de retribución económica.
La interventora tendrá las facultades de gobierno y administración del Ersep, establecida por la ley 8.835, junto a los otros Directores, ejerciendo la presidencia del organismo, debiendo realizar una auditoría y revisión técnica, jurídica y económica que evalúe el cumplimiento por parte del organismo, fundamentalmente en las siguientes cuestiones (enumeración ejemplificativa):
- Razonabilidad y legalidad de los estudios técnicos que avalaron aumentos de la boleta de aguas cordobesas en un porcentual muy superior a la inflación.
- Legalidad de la resolución que suspendió el procedimiento habitual de audiencias públicas previas al aumento de tarifas, cuando dicho requisito está expresamente establecido en el artículo 20 segundo párrafo de la Ley 8835.
- Actuación del Presidente del organismo Cr. Mario Blanco, quien esta largamente excedido en su mandato.
- Estudios técnicos que avalaron el aumento del transporte interurbano durante el corriente año.
- Ñegalidad de la autorización concedida a la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) para realizar aumentos automáticos mensuales y sin audiencia pública previa, referidos a la tarifa del servicio.
- Todo otro aspecto vinculado al correcto funcionamiento del organismo.
Rossi expresó que el Ersep ha dejado desde hace mucho tiempo de defender a los usuarios para proteger a las empresas. Si esto es así, no tiene ningún asidero que los usuarios sostengan el funcionamiento del organismo.
El artículo 31 inc. a) de la Ley 8835 establece una tasa a cargo de los usuarios de los servicios públicos, que no podrá exceder del 1,5 % y que se calcula sobre el monto de la facturación bruta.
A su vez, el Decreto 2298/00 determina una tasa del 1,5 % de la facturación bruta a cargo del usuario del agua en la ciudad de Córdoba, del 1,5 % para el usuario del transporte interurbano, y del 0,5 % para Epec.
La ley 8835 –Carta del Ciudadano-, que regula entre otras cosas el funcionamiento del Ersep, se aprobó como una herramienta fundamental de defensa de los cordobeses, y en el caso particular de los servicios públicos, para empoderarlos en una situación de desigualdad frente a posibles abusos de los prestadores.
El aumento muy por encima de la inflación en el último tiempo de la boleta de aguas cordobesas es una muestra que confirma nuestra aseveración.