Remarcan que el domingo 25 de junio no se puede sufragar con versiones digitales del DNI

A través de otra resolución, el Tribunal Electoral especificó quiénes pueden agregarse al padrón electoral, aunque no estén ahí.

Remarcan que el domingo 25 de junio no se puede sufragar con versiones digitales del DNI

El Tribunal Electoral de la Provincia de Córdoba informó a las autoridades de mesa de votación, a los fiscales públicos electorales y al electorado, en general, que, en los comicios del domingo 25 de junio, se podrá votar con libreta de enrolamiento, libreta cívica, DNI (libreta verde), DNI (libreta celeste); DNI tarjeta, nuevo DNI (tarjeta), siempre que sea la versión que figura en el padrón o una posterior.

En cambio, no se permitirá sufragar a quienes concurran con ejemplares anteriores al documento consignado en el padrón electoral ni con las versiones digitales de aplicaciones tales como «Mi Argentina».

Incorporación al padrón

Asimismo, el Tribunal Electoral hizo saber que únicamente podrán ser incorporados al registro de electores (padrón) correspondientes a la mesa de votación las siguientes personas:

a) Las Autoridades de Mesa de Votación (AMV), titular y suplente y los Fiscales Públicos Electorales (FIPE), siempre que estén cumpliendo funciones en un establecimiento en el mismo circuito de votación (localidad) al de su domicilio.

b) Los fiscales partidarios de mesas que fiscalizan, uno por mesa y por el mismo

partido o alianza de partidos al que pertenecen; esto siempre que figuren inscriptos en el circuito (localidad) en que se desempeñan.

A través de la Resolución 33, el tribunal también recordó que quien vote más de una vez en la misma elección o de cualquier manera emita su voto sin derecho, “puede ser penado con prisión de uno a tres años”, conforme al artículo 139, inciso d) del Código Electoral Nacional.

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