La Justicia de Faltas de la Municipalidad impuso una multa económica y la obligación de realizar trabajos comunitarios al cantante Damián Córdoba y a los responsables y dueños del Visionaire Ruin Bar, donde se violaron las restricciones por la pandemia a principios de junio de este año.
La sanción fue impuesta por la jueza Miriam Capone y consistió, en el caso del Visionaire Ruin Bar, en una multa pecuniaria por 600 UEM ((Unidad Económica de Multa) que equivale a $475.200, ya que en estos momentos el UEM se encuentra en $792. En el caso de Damián Córdoba, la multa económica fue de 100 UEM, lo que alcanza los $79.200
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Además, tanto a Córdoba, como al representante y socios integrantes de la SAS (Sociedad por Acción Simplificada) del resto bar, como al encargado del local en ese momento, se les impuso de manera complementaria la sanción pecuniaria de 60 horas de trabajo comunitario para que lo desarrollen en el marco del programa de hisopados gratuitos que depende de la Secretaría de Salud.
La sentencia fue apelada por ambas partes y deberá resolverse en el ámbito municipal, ya que no tiene relación con la imputación que impuso en su momento el fiscal Carlos Cornejo de la Justicia Provincial. En esta instancia, que se circunscribe en lo penal, Damián Córdoba y los dueños del Visionaire Ruin Bar, están imputados por haber violado el artículo 205 del Código Penal.
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La sentencia fue apelada el día miércoles tanto por la representación de Damián Córdoba como por la de la SAS. Por ello, en este momento se encuentra en Cámara y aún no ha quedado firme la sentencia dictada. Falta que la Cámara analice los términos de la apelación y confirme o tome la decisión que considere acorde”, subrayó la jueza Miriam Capone.
También aclaró que esta es una cuestión puramente administrativa del ámbito municipal y que va en paralelo de la investigación penal: «La sanción impuesta es administrativa, se contempla objetivamente la violación a los protocolos de lo establecido para bares y eventos. No se busca determinar si hubo o no intención, como sí sucede en derecho penal. La mirada es objetiva sobre una contravención a normas impuestas para regular preventivamente determinado tipo de conductas”.