Autorizan la repatriación de una madre migrante junto a su hijo por violencia de género

La decisión judicial tuvo en cuenta la historia de violencia de género sufrida por la mujer y el derecho del niño a desarrollarse en un entorno afectivo, seguro y libre de violencia.

Autorizan la repatriación de una madre migrante junto a su hijo por violencia de género

La Justicia cordobesa autorizó a una madre migrante a radicarse en el exterior con su hijo.

El Juzgado de Familia de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba autorizó a una mujer extranjera a trasladarse junto a su hijo menor de edad a su país de origen, pese a la oposición del progenitor, con quien mantenía un vínculo conflictivo marcado por situaciones de violencia de género.

La decisión fue adoptada por la jueza María Belén Mignon, quien consideró probada la trayectoria de violencia de género sufrida por la madre, así como el contexto de extrema vulnerabilidad que enfrentaba como migrante sin redes de apoyo en la ciudad. En el fallo, también se valoró la imposibilidad de restablecer un vínculo sano entre el niño y su padre, según los informes de los equipos técnicos que intervinieron en el proceso.

El planteo judicial fue impulsado por la Defensoría de Familia del 6° Turno, representada por la defensora Griselda Ebbio, quien solicitó el cambio de centro de vida del niño para garantizar su seguridad y bienestar. La madre era la única cuidadora del menor y contaba en su país, Venezuela, con una red de contención familiar, una vivienda y oportunidades de inserción laboral.

Durante el proceso, se sumaron informes del Equipo Técnico Interdisciplinario del Fuero de Familia y del CATEMU, que coincidieron en que no existían condiciones para una revinculación saludable entre el niño y su padre. También concluyeron que la progenitora era su principal fuente de afecto, cuidado y contención.

“Autorizar a la progenitora a radicarse en Venezuela junto a su hijo no representa solo un beneficio para ella, sino también para él”, sostuvo la jueza en su resolución, destacando que el caso debía analizarse con perspectiva de género y en base al interés superior del niño, principios fundamentales en este tipo de procesos.

El tribunal también tuvo en cuenta que el padre incumplió reiteradamente el régimen de comunicación, se opuso a las intervenciones para reconstruir el vínculo con su hijo, y mostró “indicadores de inestabilidad en su demanda de vinculación”.

Además, se constató que la mujer atravesó situaciones de violencia extrema durante el embarazo y después de la separación, incluyendo amenazas, daños materiales, persecuciones y restricciones a su autonomía, hechos que fueron denunciados y confirmados por diversos testimonios e informes institucionales.

Finalmente, la jueza dispuso que la madre deberá informar el nuevo domicilio del niño y reportar su evolución escolar y de salud, tal como establece el Código Civil y Comercial de la Nación.

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