La Cámara en lo Criminal y Correccional de Tercera Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a ocho años y dos meses de prisión a un hombre por violar a su ex pareja en reiteradas oportunidades mientras esta dormía. Por cuestiones económicas, ambos convivían con sus hijos en la misma casa, aunque la relación de pareja ya había terminado.
El fallo reseña que, antes de la denuncia, la pareja había convivido durante muchos años y que, fruto de dicha relación, habían nacido sus hijos. Con el paso del tiempo, comenzaron los conflictos en la pareja, ya que el acusado quería que su mujer se dedicara exclusivamente a los quehaceres hogareños, pero gastaba sus ingresos en salidas y no aportaba para cubrir los gastos familiares.
En este marco, la víctima decidió comenzar a trabajar en una pizzería en contra de la voluntad del acusado. Tiempo después, la mujer decidió terminar la relación con su pareja e inició un vínculo con el propietario del local donde trabajaba, aunque, por razones económicas, seguía viviendo con el imputado y sus hijos. No obstante, le dejó en claro que la relación había terminado.
Haciendo caso omiso del aviso, el imputado aprovechó, en reiteradas oportunidades, para mantener relaciones sexuales con su ex pareja por la noche, cuando la víctima estaba profundamente dormida, luego de largas jornadas de trabajo. En algunas ocasiones, la mujer se daba cuenta de las intenciones y lo “echaba”. Pero, en otras oportunidades, advertía el abuso una vez consumado.
Entre los fundamentos de la condena, el juez Gustavo Ispani puntualizó que “las relaciones sexuales entre ambos estaban viciadas por un contexto de violencia, no sólo física, sino también psicológica y económica”. Asimismo, el vocal descartó la defensa esgrimida por el acusado, quien alegó en el juicio que la mujer consentía las relaciones sexuales.
El camarista resaltó también que la damnificada no brindaba su consentimiento para tener relaciones sexuales con el acusado, aunque ocasionalmente durmieran en la misma pieza junto a sus hijos, debido a que no tenían posibilidades económicas de residir en casas separadas. “Lo único que los unía era el cuidado de sus hijos y la persistencia de las dificultades económicas”, apuntó el camarista.
A la hora de establecer la pena, el magistrado valoró en contra del acusado que haya vulnerado con sus actos el propio ámbito familiar y los vínculos con sus hijos. “Además, como fruto de estos abusos, nacieron dos hijos de L. que claramente no quería tener y con ello todo el daño físico, emocional y de libertad que le trajo aparejado”, apuntó Ispani.