Rechazaron una demanda por un siniestro vial con un caballo suelto

Para el Tribunal, se trató de un “hecho inesperado” para la Municipalidad de San Francisco.

Rechazaron una demanda por un siniestro vial con un caballo suelto

Foto: Justicia de Córdoba.

El Juzgado Civil, Comercial y de Familia de 3° Nominación de San Francisco desestimó una demanda por daños y perjuicios presentada por un motociclista contra el municipio, tras un accidente ocurrido en una zona periférica de dicha localidad cordobesa con un caballo suelto. El conductor alegó haber sufrido una incapacidad permanente del 18% como consecuencia del siniestro, registrado un domingo por la noche, cuando ya no había luz natural.

El juez a cargo, Carlos Ignacio Viramonte, puntualizó que, si bien la municipalidad debe retirar los animales sueltos en pos de la seguridad del tránsito, para que nazca su responsabilidad civil en el caso concreto, tal deber debe ser entendido dentro de un contexto fáctico determinado, que evidencie que la presencia de tales animales es un hecho previsible o presumible.

En este sentido, Viramonte enfatizó: “Para ello, considero que resulta determinante la existencia de denuncias previas al hecho que adviertan al municipio la presencia de animales sueltos. En efecto, más allá de una actitud precautoria genérica, no puede imputarse una omisión irregular al Estado municipal si no tenía algún conocimiento de la existencia de un animal suelto en la vía pública”.

Asimismo, el magistrado agregó que la falta de servicio se configuraría si, frente a la presencia de un animal suelto, se efectúa la denuncia correspondiente y el municipio no cumple su obligación de retirar el animal.

En la sentencia, que todavía no está firme, Viramonte concluyó que la presencia del caballo en la calle debe considerarse un “hecho inesperado” para el municipio, puesto que no fue advertido previamente sobre la presencia del animal suelto; sino que se trató de un supuesto de irrupción repentina del equino en la vía pública.

«Ni siquiera puede considerarse al siniestro un hecho presumible o posible, porque no se ha acreditado que el municipio haya sido advertido sobre la presencia de animales sueltos en la zona, en la época del hecho. En tales circunstancias, conforme las reglas expuestas, no sería razonable pretender que el Estado municipal asegure que no se producirá tal irrupción repentina a lo largo de todas las calles de la ciudad”, sostuvo el juez.

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