Con la reglamentación de esta ley para las y los monotributistas, la Afip instrumentó la actualización excepcional de las escalas que contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%.
De esta forma, la recategorización habilitada desde ayer podrá realizarse con los nuevos valores, informó el organismo. Las escalas actualizadas pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar, y los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
La recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año, donde las y los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo con su actividad durante los últimos 12 meses.