Arca amplió el Régimen Simplificado de Ganancias y eliminó los límites de ingresos

La nueva reglamentación permite que más contribuyentes accedan a la declaración jurada simplificada, incluidos grandes contribuyentes nacionales y funcionarios públicos. La residencia fiscal en Argentina será, en general, la condición principal para ingresar y permanecer en el régimen, mientras que el plazo previsto para el período fiscal 2025 vence el 30 de octubre.

Arca amplió el Régimen Simplificado de Ganancias y eliminó los límites de ingresos

ARCA amplió el Régimen Simplificado de Ganancias al eliminar los límites de ingresos y patrimonio para acceder. La nueva reglamentación incorpora a grandes contribuyentes y funcionarios públicos, mientras que el plazo previsto para la adhesión del período fiscal 2025 vence el 30 de octubre.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó cambios en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias y eliminó los límites de ingresos y patrimonio que hasta ahora condicionaban el acceso y la permanencia en esta modalidad.

La medida quedó establecida mediante la Resolución General 5916/2026 y amplía el universo de contribuyentes que podrán presentar sus declaraciones a partir de información precargada por el organismo recaudador. De acuerdo con la nueva normativa, la residencia fiscal en Argentina será el requisito sustantivo general para acceder y permanecer en el régimen, aunque esa condición no se exigirá para la adhesión correspondiente al período fiscal 2025.

La modificación apunta a simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y ampliar el alcance del sistema, que permite realizar la liquidación del impuesto mediante datos disponibles en las plataformas de ARCA.

Qué cambia para grandes contribuyentes y funcionarios públicos

La reglamentación también habilita la incorporación de los denominados grandes contribuyentes nacionales y de los funcionarios públicos, aunque establece condiciones específicas para estos grupos.

En el caso de los funcionarios, deberán informar si ejercieron funciones públicas durante los cinco años anteriores. También tendrán que actualizar su situación si asumen un cargo público con posterioridad.

Para ambos sectores, ARCA asignará en el Sistema Registral el código “661 – Ganancias Simplificada Ley 27.799 – Tratamiento sin beneficios”. Esta identificación les permitirá presentar la declaración jurada y pagar el impuesto dentro de los plazos establecidos, pero sin acceder a los demás efectos, presunciones y beneficios contemplados en el régimen.

Además, deberán mantener la obligación de informar sus bienes tanto en el país como en el exterior.

Por su parte, los contribuyentes del régimen general que se incorporen a la modalidad simplificada conservarán la caracterización “639 – Ganancias Simplificado Ley 27.799”.

Cómo se podrá cambiar al régimen simplificado

La normativa contempla la posibilidad de que quienes hayan presentado y pagado el Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 bajo el régimen ordinario puedan pasar a la modalidad simplificada.

Para hacerlo, deberán presentar una nueva declaración jurada o una declaración rectificativa simplificada, según corresponda, dentro del plazo especial previsto para ese trámite.

La resolución también aclara que, si al efectuar la declaración surge una diferencia de impuesto a favor del Fisco, el contribuyente podrá ingresar el importe adeudado junto con los intereses correspondientes sin perder, por ese motivo, la consideración de pago en término.

Otro punto contemplado es el uso de medios bancarios en las operaciones. Según la reglamentación, la falta de bancarización de una transacción no implicará por sí sola la exclusión del régimen. Sin embargo, el incumplimiento de las obligaciones aplicables podrá dar lugar a sanciones previstas en la Ley 11.683 y a fiscalizaciones por parte del organismo.

El plazo de adhesión y los pedidos de prórroga

La fecha límite prevista para completar los trámites correspondientes al período fiscal 2025 es el 30 de octubre de 2026. Ante la proximidad del vencimiento, especialistas tributarios señalaron la necesidad de adecuar los sistemas y aplicativos digitales para facilitar la carga de información.

En ese contexto, también plantearon la posibilidad de otorgar una prórroga para completar el procedimiento.

Los cambios buscan ampliar el acceso a la declaración jurada simplificada, aunque los contribuyentes deberán prestar atención a las condiciones particulares de su categoría y a las obligaciones informativas que continúan vigentes.

Chau gustitos en el súper: el consumo cayó 5,8% y las bebidas lideraron el recorte

Salir de la versión móvil