Productores deberán informar dos veces al año el volumen de la producción de granos

La AFIP y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca establecieron fechas anuales, para que los productores declaren la producción obtenida en cada uno de esos períodos.

Productores deberán informar dos veces al año el volumen de la producción de granos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca establecieron que los productores deberán informar dos veces al año el volumen de la producción de granos obtenida durante cada campaña.

De este modo, la medida tomada por las entidades busca «mejorar la información disponible en las bases de datos y optimizar los procesos de fiscalización».

Esas resoluciones generales conjuntas 5236/2022 y 5237/2022, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial, establecen dos fechas anuales, en la finalización de la cosecha gruesa y en la de la fina, para que los productores declaren la producción obtenida en cada uno de esos períodos; la norma que estaba vigente preveía que informen una vez al año su stock de granos.

En tanto, las adecuaciones introducidas al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) -la base de datos donde se declaran distintos datos sobre la actividad- «fortalecen la capacidad estatal para desarticular maniobras de evasión», resaltó la AFIP.

Además, en esta estrategia oficial conjunta se definió que también  los distribuidores y mayoristas del sector harinero deberán utilizar de forma obligatoria el Remito Electrónico Harinero (REH) cuando envíen mercadería a las panaderías.

La extensión del uso de este documento digital, que ampara el traslado de harinas y/o subproductos derivados de la molienda de trigo, amplía la trazabilidad en la cadena de comercialización, de acuerdo con el texto oficial.

«La digitalización de la documentación y la mejora permanente en los datos sectoriales fortalece las tareas de control y fiscalización realizadas en forma coordinada por las distintas áreas del Estado para desarticular operaciones irregulares que no solo afectan el financiamiento de las políticas públicas sino que también perjudican a los actores que cumplen con las reglas», expresó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, al referirse a las resoluciones.

Esas normativas forman parte de las medidas instrumentadas por las distintas áreas especializadas para mejorar las capacidades de fiscalización y se suman a la reciente incorporación de la carta de porte electrónica para el transporte de subproductos granarios.

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