El Juzgado en lo Civil y Comercial de 24° Nominación de la ciudad de Córdoba ordenó a la Liga Cordobesa de Fútbol (LCF) que habilite, en forma inmediata, a la futbolista María Cecilia Poklepovic para disputar el Campeonato de Fútbol Femenino, temporada 2021, y los sucesivos torneos que organice dicha institución, sin que se le aplique el límite de edad que establece el artículo 17 del Reglamento del Fútbol Amateur Femenino.
En su resolución, la jueza María Alejandra Sánchez Alfaro tuvo en cuenta, especialmente, la relación que el fútbol tiene con la situación de las mujeres que lo practican. Recordó que la Asociación de Fútbol Argentino (AFA) emitió, en 2018, un documento denominado “Estrategia de Fútbol Femenino”, en el que manifiesta su propósito de generar “la inclusión y la igualdad de género a través de la práctica del fútbol”.
Allí, se comprometió a lograr que para el año 2022 todas las federaciones que la integran “tengan una estrategia integral de fútbol femenino con el objetivo de que la disciplina siga creciendo tanto fuera como dentro del campo en todos los niveles”.
“La misma historia de AFA nos marca la desigualdad de género que existe en este deporte. Dicha asociación fue fundada en el siglo XIX, específicamente en el año 1896; pero es recién en el año 1991 cuando se reguló el fútbol femenino en esa asociación”, enfatizó.
“Esto no implica que no hayan existido mujeres que antes de dicha fecha hayan jugado a este deporte (hubo participación argentina en el mundial femenino de fútbol en el año 1971), sino que con anterioridad su participación era inorgánica y virtualmente invisibilizada”, agregó.
El caso
La mujer que presentó el amparo era capitana y referente del equipo femenino del Club Atlético Las Palmas; pero fue inhabilitada para jugar el campeonato actual por una cláusula del reglamento que solo autoriza a firmar planillas en los encuentros oficiales a jugadoras que cumplan entre 15 y 35 años en 2021.
Frente a esta situación y ante la falta de respuesta de la LCF, la futbolista presentó un recurso de amparo en el que planteó “una manifiesta e ilegítima discriminación en razón de la edad”. En dicha presentación, también afirmó que gozaba de un “perfecto estado de salud” y que estaba “apta para realizar prácticas deportivas”, conforme la Evaluación Médica para la Mediana y Alta Competencia (EMMAC).
En la resolución, la jueza Sánchez Alfaro remarcó que ni la Federación Internacional del Fútbol Asociado (FIFA) ni la AFA tienen una norma que establezca un límite etario para las jugadoras de fútbol; sino que, por el contrario, ambas entidades han dictado normativas orientadas a fomentar el fútbol femenino.
“La LCF no ha dado fundamentos sólidos sobre la razonabilidad de dicha la limitación temporal (…) No se ha esgrimido, ni siquiera de forma enunciativa, por qué el solo hecho de alcanzar una determinada edad revela la ausencia de condiciones para poder llevar adelante la actividad deportiva futbolística, o cómo ello afecta a la organización de dicha institución”, enfatizó la magistrada.
Asimismo, agregó que muchos deportistas que han superado la edad media de retiro de sus “colegas” continúan siendo altamente competitivos y hasta exitosos en sus carreras deportivas.
La jueza Sánchez Alfaro también rechazó que esta limitación pueda justificarse en la necesidad de potenciar el desarrollo de las futbolistas en torneos más competitivos y exigentes. “Ese fundamento tampoco es adecuado, ya que implica la aplicación a priori de una mayor o mejor calidad o capacidad de juego, teniendo solamente en cuenta la edad de las jugadoras”, indicó.
Esa presunción efectuada es desvirtuada por todo el conjunto de deportistas que se destacan, tanto en Argentina como en el mundo, sin que un límite etario sea el impedimento para su desempeño”, afirmó.
La magistrada agregó que la mayor o menor aptitud de un deportista depende de muchos factores (entre ellos, la pasión, fervor, cuidado personal, entrenamiento y disciplina); y no de un límite de edad fijado de forma arbitraria y sin fundamento alguno.
“Además, argumentar que es necesario desplazar a las jugadoras de fútbol de mayor edad para dar lugar a las más jóvenes, solamente demuestra la escasez de lugares, equipos y fomento que tiene el fútbol femenino”, puntualizó.
Por todo ello, el tribunal hizo lugar a la acción de amparo promovida por la futbolista y ordenó a la Liga Cordobesa de Fútbol que no aplique a Poklepovic el límite etario previsto en actual reglamento, así como las reglamentaciones que, con posterioridad, establezcan límites en función de su edad.