Condenan a 25 días de prisión a un vecino de Nono por causar peligro de incendio

La pena responde a una infracción que agravó la situación por la falta de precauciones en un contexto de emergencia ambiental.

Condenan a 25 días de prisión a un vecino de Nono por causar peligro de incendio

Foto: Justicia de Córdoba.

El Juzgado de Control y Faltas de Villa Cura Brochero dictó una sentencia condenatoria de 25 días de prisión efectiva para un hombre de Nono, en el Valle de Traslasierra, por haber causado un peligro de incendio en un contexto de emergencia ambiental. La pena responde a una infracción establecida en el Código de Convivencia Ciudadana (Ley N.º 10326), que busca prevenir la comisión de delitos relacionados con incendios forestales.

El incidente ocurrió el pasado 3 de septiembre, cuando, alrededor del mediodía, el imputado fue hallado en su propiedad en el paraje La Quinta, quemando restos secos de poda en un área con abundante maleza, sin las medidas de precaución adecuadas para evitar que el fuego se propagara. La situación fue detectada gracias a un llamado anónimo que alertó a las autoridades. Al llegar al lugar, la policía constató que ya había un foco de incendio activo, al que el hombre seguía alimentando con ramas secas. Se dio intervención inmediata a los bomberos para sofocar el fuego.

Las actuaciones policiales fueron enviadas al Juzgado de Paz de Nono, que derivó el caso al Juzgado de Control y Faltas de Villa Cura Brochero debido a que el hecho ocurrió durante el período de emergencia ambiental declarado por la Nación. Esta circunstancia agravó la sanción, ya que en ese momento se estaban registrando importantes incendios en las zonas rurales y serranas.

En su fallo, el juez José María Estigarribia consideró que, dado el contexto de emergencia, la sanción mínima debería haber sido de 50 días de prisión, sin opción a multa. Sin embargo, debido a que el imputado reconoció su responsabilidad en el hecho, la ley le permitió una reducción de la pena a la mitad, lo que resultó en una condena de 25 días de prisión efectiva.

El magistrado destacó en sus fundamentos la gravedad del acto, subrayando que el imputado actuó sin conciencia de los daños que el fuego puede causar al medio ambiente, a la fauna, a la flora y a las personas. Además, enfatizó el carácter preventivo y ejemplificador de la pena impuesta, afirmando que las resoluciones judiciales deben servir como un llamado de atención a la sociedad sobre la importancia de cuidar el medio ambiente, ya que es fundamental para la vida humana y no humana.

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