El Gobierno ordenó revisar las cesiones de inmuebles entre la Nación y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba) durante la administración del ex presidente, Mauricio Macri, y derogó un artículo que permitía dar en pago” esos bienes para cancelar deudas o asistencias financieras. Ambas decisiones fueron oficializadas mediante el decreto 149/2020 y el decreto 145/2020, publicados ayer en el Boletín Oficial.
Cabe recordar que, a fines del mes pasado, el titular de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (Aabe), Martín Cosentino, descubrió que, tras perder las elecciones generales, Macri habilitó la transferencia de 31 inmuebles y terrenos de la Nación hacia la Caba por un monto de casi 16.000 millones de pesos. Según Consentino, se trata de bienes ubicados en Colegiales, Retiro, Palermo y Caballito –entre otros barrios- que fueron cedidos para la especulación inmobiliaria”. Ayer, mediante el decreto 149/2020, la entidad resolvió investigar, en un plazo de 60 días, la legalidad de esas transferencias. No sólo se abarcará las operaciones realizadas en los últimos tres meses en los que Macri fue presidente, sino los cuatro años que duró su gestión. El objetivo de esta revisión es encontrar vicios” que puedan implicar la nulidad de esos traspasos. Además, a través del decreto 145/2020, el Gobierno derogó una modificación introducida en octubre de 2019 en la Aabe.
El cambio permitió dar en pago” inmuebles desafectados del uso, declarados innecesarios y/o sin destino” a las provincias o la Caba, para cancelar deudas, afrontar asistencias económico financieras y extinguir obligaciones pecuniarias. De acuerdo con documento, esa decisión desnaturalizó” la función de la dependencia. Además, la calificó como más gravosa y reprochable” porque se adoptó un día después de que Macri perdiera en las elecciones generales. A su vez, advirtió que, si bien podía ejecutarse en cualquier provincia, sólo se implementó a favor de la Ciudad de Buenos Aires”. Finalmente, documento sugirió que se habría vulnerado la Regla de fin de mandato”, al poner en práctica esa posibilidad durante los últimos dos trimestres del año de fin de mandato.
En ese sentido, el Ejecutivo explicó que la Ley 25.917 que prohíbe en forma taxativa dictar cualquier disposición que implique la donación o venta de activos fijos durante los últimos dos trimestres del año de fin de mandato”, con el objetivo de evitar la descapitalización de los bienes del Estado en instancias cercanas al cese del mandato gubernamental”.