El TSJ limitó la concurrencia de trabajadores a los tribunales

El TSJ limitó la concurrencia de trabajadores a los tribunales

A través de un comunicado, la Administrador General del Poder Judicial informó que desde este lunes 16 de marzo y hasta el día 31 del mismo los magistrados, funcionarios y empleados judiciales, que se encuentren en los supuestos que se indican a continuación, no deberán concurrir a sus lugares de trabajo, sin que esto perjudique su remuneración habitual; a excepción de aquellos agentes que fuesen convocados por el Tribunal Superior de Justicia.

Entre el personal que se encuentra exceptuado están las Personas que hayan cumplido 60 años o más años de edad, a la fecha de la presente resolución, o que los cumplan durante su vigencia; mujeres embarazadas; personas con depresión inmunológica de cualquier origen; personas que padezcan diabetes; personas con insuficiencia renal; personas hipertensas o con patologías cardiovasculares; personas trasplantadas; personas con patologías oncológicas; personas con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias.

Los trabajadores comprendidos en este grupo de riesgo deberán remitir certificación médica sobre la misma por medios digitales a medicinalaboral-cba@justiciacordoba.gov.ar .
A su vez, se determinó que los magistrados, funcionarios y agentes que se encuentren en uso de la licencia dispuesta en el artículo anterior, deberán cumplir sus tareas con la modalidad de teletrabajo, incluyendo estas el uso del Portal de Aplicaciones y correo electrónico corporativo del Poder Judicial. Cada uno de estos agentes será contactado al momento de la implementación de esta solución”, determinó administrador general de la Justicia, Ricardo Rosemberg.

La actividad en los tribunales provinciales se encuentra resentida, algunos juicios que debían comenzar este lunes como el de la Cámara Segunda contra Eduardo Brandolín, ex titular del gremio de Luz y Fuerza de Villa María, fue suspendido

 

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