Procesaron a Macri por espionaje ilegal y será embargado por 100 millones de pesos

Finalmente, el expresidente fue procesado por presunto espionaje ilegal a los familiares de las víctimas del submarino hundido en Mar Argentino en 2017. El caso fue resuelto por el juez federal de Dolores Martín Bava.

Procesaron a Macri por espionaje ilegal y será embargado por 100 millones de pesos

El expresidente Mauricio Macri finalmente fue procesado por el juez Martín Bava por espionaje ilegal a familiares de víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan. Le dictaron prohibición de salida del país y 100 millones de pesos embargo.

En este marco, Martín Bava resolvió la situación del expresidente Mauricio Macri a quien indagó en la causa en la que investiga el supuesto espionaje ilegal a los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan, hundido el 15 de noviembre de 2017.

Luego de analizar la prueba y tomarle declaración, Bava estimó que «prima facie» Macri es «penalmente responsable del delito de realización de acciones de inteligencia prohibidas en carácter de autor, en virtud de haber posibilitado la producción de tareas de inteligencia ilegal».

El viernes último el juzgado federal recibió todas las declaraciones testimoniales ordenadas a propuesta de la defensa del expresidente a cargo del abogado Pablo Lanusse, por lo que el juez quedó con el camino despejado para tomar decisiones sobre al futuro de Macri.

El 3 de noviembre pasado, el líder de Juntos por el Cambio pidió esas declaraciones para reforzar la idea de que la AFI no espiaba a los familiares de las víctimas del ARA San Juan, sino que estaba colaborando con la Casa Militar en tareas aparentemente comunes como estudiar a las personas que se reunirían con el entonces Presidente.

A su vez, en ninguna testimoniales propuestas por Lanusse permitió explicar la presencia de imágenes de familiares del ARA San Juan, ni su individualización, ni los informes sobre sus movimientos.

Por otra parte, como «reglas de conducta», el juez decidió que Macri «no podrá ausentarse de su lugar habitual de residencia por un término mayor a los diez días sin previo aviso al tribunal; que deberá dar aviso por sí o por intermedio de su abogado defensor de cualquier cambio de domicilio, como así también deberá dar aviso y requerir previa autorización para efectuar cualquier viaje al exterior del país».

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