¿Qué cosas no se pueden hacer?

¿Qué cosas no se pueden hacer?

Como marca el cronograma, hoy a las 8 de la mañana comienza a regir la veda electoral por lo que los candidatos no pueden realizar declaraciones ni actos proselitistas hasta el cierre de los comicios del domingo. Tampoco está permitido publicar ni difundir encuestas hasta las 21 horas del domingo, el día de las elecciones generales. Más allá de las que afecta a los postulantes y partidos políticos, el Código Electoral Nacional incluye otro tipo de prohibiciones para garantizar el orden el día de la votación.

Por ejemplo, no están permitidos la venta de bebidas alcohólicas; los espectáculos; ni otras actividades públicas ni que se entreguen boletas a menos de 80 metros de los lugares habilitados para votar. Según el artículo 71 del Código Electoral, durante la jornada electoral queda prohibido: que los electores se reúnan en grupos a menos de 80 metros de las mesas de votación; los espectáculos o eventos deportivos, ya sean al aire libre o en recintos cerrados, hasta pasadas tres horas del cierre de los comicios; y la venta de bebidas alcohólicas desde las 20 de mañana hasta tres horas después del cierre de las urnas.

Tampoco se pueden repartir boletas en un radio de 80 metros de los lugares de votación; el uso de banderas o cualquier símbolo partidario; los actos de proselitismo; y la difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados. Dado que el Código Electoral se redactó antes de la invención de las redes sociales, éstas no están contempladas en la veda, por lo que no se ven afectadas al haber caído en un vacío legal. De tal modo, en las redes pueden realizarse y difundirse encuestas o hacer publicidad política sin restricciones.

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