La Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y el comprobante del seguro siguen siendo obligatorios para circular en Córdoba. Desde la Asociación de Productores Asesores de Seguros (APAS) emitieron un comunicado hablando acerca del DNU que firmó el presidente Javier Milei el pasado jueves.
Allí señalaron que se establecen cambios en la documentación obligatoria para circular en auto, aunque solo se enumera la cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante del pago de patente. “El DNU no especifica nada acerca de la RTO ni del comprobante de seguro en vigencia, que siguen siendo obligatorios para circular”, afirma Marcos Spaccesi, presidente de APAS Córdoba.
La confusión se generó a partir del DNU publicado en el Boletín Oficial que establece cambio en las exigencias que rigen para la circulación vehicular. El artículo 361 del DNU detalla cuál es la única documentación considerada obligatoria, pero que, de igual manera, no es motivo para la radicación de un vehículo.
Spaccesi explicó que al no mencionar el decreto la RTO ni el comprobante del seguro en vigencia, ambos siguen siendo obligatorios para circular en Córdoba. “No hay que perder de vista que cada provincia tiene autonomía y son quienes definen la normativa para su territorio”, afirmó el presidente de la asociación.
