Negaron la domiciliaria al represor Perrín

El Tof1 también rechazó el pedido de salidas transitorias al ex D2 Jabour. Ambos recibieron perpetua por delitos cometidos durante la última dictadura

Negaron la domiciliaria al represor Perrín

Ricardo Rene Perrín.

El Tribunal Oral Federal número 1 (Tof1) de Córdoba no hizo lugar al beneficio de la prisión domiciliaria del ex policía del desaparecido Comando Radioeléctrico Ricardo Rene Perrín, condenado a prisión perpetua por su participación en los asesinatos de José Villegas y José Osatinsky, al tiempo que rechazó el pedido del represor Yamil Jabour para tener salidas transitorias familiares. Los jueces Carolina Prado, Julián Falcucci y Jaime Díaz Gavier no concedieron la domiciliaria a Perrín.

Junto a otros exintegrantes del Comando Radioeléctrico, Pedro Nolasco Bustos, Fernando Rocha, José Acevedo y Antonio Astrada, Perrín fue condenado a perpetua en 2019 en el marco de la denominada causa “Montiveros”.

Todos participaron en el operativo de la mañana del 2 de julio de 1976 en una casa de la calle Brasil al 600, en barrio Güemes, ciudad de Córdoba. El grupo de agentes ingresó, persiguió a cuatro jóvenes que escapaban por los techos y mató a Villegas y Osatinsky, que con 15 años fue la víctima más joven de la represión.

En tanto, Néstor “Lana” Morandini y Carlos Berti consiguieron escapar (fueron secuestrados y asesinados unos meses después). Perrín también fue condenado por su participación en el procedimiento realizado la noche del 26 de marzo de 1976 en una casa de Pasaje Bello al 1400, en barrio San Vicente. Allí fueron asesinados Vilma Ethel Ortiz, José Luis Nicola y Gustavo Olmedo.

Los jueces no hicieron lugar al pedido de Perrín, de 71 años, de recibir la domiciliaria. Sostuvieron que si bien las patologías del represor están probadas, el informe médico elaborado en marzo de este año por el penal de Campo de Mayo, donde cumple la pena, sostuvo que podían atenderse en la misma cárcel o en hospitales.

Finalmente indicaron que, de acuerdo a los informes médicos más recientes, no surgieron razones para modificar las condiciones de detención.

Rechazo a Jabour

En otro fallo, en este caso firmado por Prado, no hizo lugar a la solicitud del represor multicondenado “Turco” Jabour de gozar de salidas transitorias familiares. El criminal, un integrante del sádico Departamento de Informaciones de la Policía de Córdoba (D-2) condenado a perpetua, ya había recibido la domiciliaria en 2017.

Jabour pidió visitar las tumbas de familiares para afianzar sus lazos con sus allegados y, al mismo tiempo, fortalecer su vínculo con su familia. Los fiscales Carlos Gonella y Facundo Trotta consideraron improcedente el pedido.

Recordaron que fue condenado por el delito de desaparición forzada de personas por resultar la muerte de la víctima, entre otros. Por tratarse de un delito de ejecución permanente, y al entrar en vigencia la desaparición forzada al ordenamiento jurídico interno, debía aplicarse al caso el artículo 17 de la ley 27.375.

Recordaron que, por tener condenas pendientes (no firmes), no cumple con el requisito estipulado en esa norma para gozar de las salidas: “No tener causa abierta donde interese su detención u otra condena pendiente, total o parcialmente”. Indicaron que sí tiene múltiples “causas donde interesa su detención, u otra condena pendiente”.

Eso, según afirmó entonces la jueza, “se erige como un obstáculo formal para su incorporación al régimen de salidas transitorias”, con lo que rechazó el beneficio.

Sobreseído por muerte

El Tof1 sobreseyó por fallecimiento al médico José Felipe Tavip, quien se desempeñó en la División Medicina Legal de la Policía y quien finalmente firmó el certificado de defunción del exintegrante del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) y preso político José Moukarzel.

El preso estaba alojado en la Unidad Penitenciaria N° 1 (ex UP1 o cárcel de San Martín) y fue una de las víctimas de la conocida causa “UP1″ por la que fueron condenados los represores Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez.

Otro médico, Víctor Pacheco, declaró en 2010 (en el marco del juicio a Videla y Menéndez, por el que recibieron perpetua) que él se negó a firmar el acta de defunción que luego rubricó Tavip.

Por el hecho, Tavip fue acusado de encubrimiento del crimen, pero luego separado del debate por problemas de salud.

El médico falleció el 20 de abril de 2022 en un sanatorio de la ciudad de Córdoba por un paro cardíaco, y en los últimos días fue sobreseído.

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