A la hora de formalizar un proyecto de vida en común, las parejas cordobesas prefieren casarse antes que registrar una unión convivencial. Los datos surgen de las cifras del Portal de Transparencia del Registro Civil que, en el primer semestre de este año, de enero a junio, registró en toda la provincia 4.892 matrimonios y solamente 72 uniones. Es decir, 68 matrimonios por cada unión convivencial.
Al respecto, desde la Provincia recordaron que, si bien ambas figuras implican derechos y obligaciones para los contrayentes y convivientes, hay diferencias que deben ser tenidas en cuenta a la hora de decidir bajo qué figura jurídica formalizar un vínculo.
Una de las principales diferencias radica en que para el matrimonio no hay que acreditar convivencia previa de al menos dos años en el mismo domicilio y que, ante el caso de que la relación no prospere, para disolver un matrimonio se requiere una sentencia judicial de divorcio.
En tanto, para terminar una unión convivencial se requiere un simple acto administrativo que es mucho más sencillo y económico para las partes. Cabe recordar que este tipo de vinculación jurídica permite registrar la unión entre dos personas que conviven en modo singular, público, notorio, estable y permanente compartiendo un proyecto de vida en común.
Para establecer una unión convivencial es necesario que los dos integrantes sean mayores de edad y “capaces”; que no estén unidos por vínculos de parentesco en línea recta en todos los grados, ni colateral hasta el segundo grado; que no estén unidos por vínculos de parentesco por afinidad en línea recta; que no tengan impedimento de ligamen ni esté registrada otra convivencia de manera simultánea; que mantengan la convivencia durante un periodo no inferior a dos años, y DNI de ambos convivientes con domicilio en común en la Provincia de Córdoba con una antigüedad superior a dos años.
En caso de no cumplir con los requisitos, se deberá consultar en el Registro Civil qué documentación presentar para probar fehacientemente la convivencia.