Con el objetivo de descentralizar la atención y facilitar los trámites durante las temporadas de viaje, el Registro Civil recuerda que cuenta con la potestad legal para emitir permisos de salida del país para niñas, niños y adolescentes.
Hasta hace un tiempo, los padres que necesitaban autorizar a sus hijos para viajar fuera de las fronteras nacionales (ya sea solos, con un solo progenitor o con un tercero) debían recurrir casi exclusivamente a escribanos públicos. Hoy, la Secretaría de Gobierno a través del Registro Civil se consolida como una de las opciones para realizar este documento.
Según la normativa vigente de la Dirección Nacional de Migraciones, los menores de 18 años necesitan un permiso formal para viajar solos, con uno de sus progenitores (el padre o la madre que no viaja debe dar su consentimiento) o acompañados por un tercero (abuelos, tíos, instituciones deportivas o educativas, etc.).
La habilitación de este servicio en las oficinas del Registro Civil busca agilizar la logística familiar, ya que no es necesario que se presenten simultáneamente ambos progenitores. Además, es más económico que el servicio privado y cuenta con la misma validez legal ante las autoridades migratorias. El único requisito es que la niña, niño o adolescente tenga pasaporte vigente.
El trámite se puede realizar de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 y durante el horario extendido de martes y jueves hasta las 18:00, en la sede central ubicada en Bv. Chacabuco 737.
El permiso tiene un valor de $30.000 y mantiene su vigencia hasta los 18 años o hasta el vencimiento del pasaporte, lo que ocurra primero, o por revocación del mismo por alguno de los progenitores en el momento que lo desee.
Se recomienda consultar previamente con la aerolínea ya que los requisitos pueden variar de acuerdo a la compañía.
