El Juzgado en lo Civil, Comercial y Familia de 3° Nominación de Río Cuarto ordenó el cese inmediato de la actividad en un club de pádel de Alcira Gigena por ruidos molestos. La medida se mantendrá hasta que se concreten obras que permitan mitigar el impacto sonoro generado por las canchas, según consta en la sentencia judicial.
La resolución responde a una demanda presentada por vecinos colindantes, quienes denunciaron que el funcionamiento del predio durante más de 14 horas diarias afectaba su descanso y salud. La jueza Selene López indicó que los sonidos excedían la “normal tolerancia” y encuadró el caso en la figura de inmisiones inmateriales prevista en el artículo 1973 del Código Civil y Comercial.
En el fallo, la magistrada señaló que el conflicto involucra dos derechos en tensión: el de los vecinos a vivir sin perturbaciones y el del titular del emprendimiento a desarrollar una actividad lícita. Sin embargo, destacó que la autorización municipal era de carácter precario y no habilita a generar molestias que superen los límites razonables de convivencia.
La sentencia también valoró una pericia técnica que confirmó la existencia de ruidos encuadrados como molestos, derivados de impactos de paletas, rebotes en cristales y gritos de jugadores. En ese marco, se reconoció la “prioridad de uso” de los residentes y se descartó que la falta de normativa específica implique ausencia de límites para la actividad.
Además del cese temporal, el tribunal ordenó ejecutar obras de adecuación acústica y consideró innecesario el traslado de las canchas a otro predio, al existir alternativas menos costosas. También otorgó una indemnización por daño moral a los vecinos afectados y rechazó el reclamo por daño psicológico, al entender que se encuentra comprendido en el primero.
Por último, la jueza rechazó la demanda contra la Municipalidad de Alcira Gigena, al no acreditarse una omisión antijurídica. No obstante, el fallo establece que el municipio deberá ejercer su poder de control para garantizar el cumplimiento de las obras exigidas antes de la reanudación de la actividad.
