La AFIP retomó las ejecuciones fiscales a deudores impositivos

Antes de avanzar con el proceso formal, el trámite administrativo determina que primero los contribuyentes reciben una intimación, luego una boleta de pago con la deuda para que puedan cancelarla y por último el embargo

La AFIP retomó las ejecuciones fiscales a deudores impositivos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) retomó ayer las ejecuciones fiscales con los procedimientos habituales para deudores incluidos en las categorías de riesgo grande y mediano, luego del receso producto de la feria judicial de invierno.

Fuentes de la AFIP informaron que antes de llegar a la instancia de ejecución, los contribuyentes fueron intimados y notificados «en reiteradas oportunidades».

Antes de avanzar con el proceso formal de las ejecuciones, el trámite administrativo determina que primero los contribuyentes reciben una intimación, luego una boleta de pago con la deuda para que puedan cancelarla, y por último el embargo, explicaron desde el organismo que encabeza Carlos Castagneto.

La AFIP no realiza embargos preventivos ni intimaciones de deuda en función del sector o actividad económica, sino que los realiza en función de procesos asociados directamente a Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) con deudas líquidas y exigibles, agregaron las fuentes.

La plataforma utilizada por este organismo para la instrumentación de este tipo de diligencias se denomina «Sistema de Oficios Judiciales» (SOJ), es por esa razón que dicha sigla puede verse mencionada en el trámite.

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