El desarrollo armónico del territorio federal es un fundamento del sistema jurídico-político de la Argentina (art. 75, inc. 2, Constitución Nacional) que, desafortunadamente, es violentado en lo que hace a la coparticipación a las provincias de los subsidios relativos al transporte, alimentación, agua, electricidad.
Si bien sus fondos provienen de todos los contribuyentes del país, la Ciudad Autónoma (CABA) y la provincia de Buenos Aires resultan beneficiadas en la distribución secundaria” que se hace de ellos, como todos los candidatos han puesto sobre el tapete.
Por la sobredimensión que tiene la figura presidencial en la Argentina respecto de la determinación de las políticas que terminarán ejecutándose –como la de asignación de subsidios-, uno de los institutos más determinantes del desequilibrio citado es el mecanismo de elección del binomio presidencial desde la reforma constitucional de 1994 por el que -más allá de las particularidades mencionadas en el artículo 94 y subsiguientes de la CN- triunfa la fórmula más votada en forma directa, tomando al país como distrito único.
Residiendo la mitad de los votantes nacionales en la provincia de Buenos Aires y en la CABA, no es de sorprender que los presidentes que se han ido eligiendo desde entonces han debido priorizar los reclamos provenientes de dichos dos distritos mayoritarios, en perjuicio de los del interior.
Antes de la reforma, en cada jurisdicción electoral se votaba en forma indirecta a quienes terminarían votando el binomio presidencial en el Colegio Electoral, habiendo sido la cantidad de electores del Colegio, de cada provincia, igual al doble de sus congresales; además, en forma independiente de la cantidad de votantes, cada provincia contaba con un mínimo de dos senadores y cinco diputados; tras su cometido, el Colegio se disolvía, lo que obstruía connivencias y manipulaciones de parte del poder de turno.
Con estos mecanismos se disminuía el peso relativo de la provincia de Buenos Aires para determinar políticas (la CABA todavía no existía), la de subsidios entre otras, y se ahondaba el efecto equilibrador y armonizador, beneficioso para las provincias de menor desarrollo. Como bien señala el politólogo Daniel Gattás, hasta 1994 la provincia de Buenos Aires, que contaba con el 37% del padrón, solo controlaba el 23% de los electores del Colegio Electoral, mientras que Tierra del Fuego, con el 0,2% del padrón, dominaba el 2,3%. Con esto se honraba, además, el espíritu de la Constitución de 1853 y de sus sucesivas reformas hasta 1994, porque se habilitaba a los distritos pequeños a participar de los grandes debates nacionales, principio por el que dieron la vida nuestros antepasados federales en aquellas luchas intestinas.
Lo cierto es que la provincia y la ciudad de Buenos Aires, hasta 1994, reunían por encima del 30% de los integrantes del Colegio Electoral, y en la actualidad, alrededor del 50%; el desequilibrio se ha ahondado a su favor y es un importante factor que motiva que, en Córdoba, terminemos pagando los servicios mucho más caros que en aquellas jurisdicciones privilegiadas.
Es fundamental que los candidatos pongan sobre el tapete los grandes temas de debate nacional y una elección en cierne constituye el escenario ideal para hacerlo. Mientras no se revierta el mecanismo del voto directo del Presidente, la diferencia entre el centro y la periferia irá creciendo; y ello solo se podrá revertir a través de una nueva reforma constitucional, pero como conlleva una espada de Damocles, nadie menciona el tema: una nueva reforma conlleva el peligro de que en la reformulación de los porcentajes secundarios coparticipativos de cada distrito jurisdiccional terminen implicando mayores diferencias a favor del centro, no olvidemos que la provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuentan con el 60% de la riqueza nacional y que ejercerán todos sus encantos para impedir la concreción del principio del desarrollo armónico de las provincias.
La disyuntiva es: o corremos el riesgo, o aceptamos el centralismo al que estaremos catapultados.