Aprueban un acuerdo consensuado sobre la herencia de Manubens Calvet

Aprueban un acuerdo consensuado sobre la herencia de Manubens Calvet

El Juzgado en lo Civil y Comercial de 32° Nominación de la ciudad de Córdoba la aprobó este viernes la partición y la adjudicación de bienes formulada de manera consensuada y unánime por la totalidad de los herederos de Juan Feliciano Manubens Calvet, luego de 40 años de disputas por la millonaria sucesión de bienes.

Los bienes se distribuirán entre los integrantes de cinco estirpes” conformadas por los descendientes de los hermanos del causante: Herminia Manubens de Medina, Dolores Antonia Manubens de Hormaeche, Reginaldo Félix Manubens Calvet, José Carlos Munubens Calvet y Ramón Carlos Manubens Calvet.

En su resolución, el juez Carlos Isidro Bustos explicó que, en noviembre del año 2019, tuvo lugar una audiencia en la cual los herederos expresaron su voluntad unánime de aprobar el proceso de negociación iniciado con los acreedores de la sucesión y así finalizar de manera autocompositiva” los procesos judiciales que impedían la liquidación y pago a los acreedores, como así también la partición y adjudicación de bienes a los herederos. De ese modo, se dio comienzo a la liquidación de la sucesión.

Mediante una larga y compleja audiencia se resolvió por unanimidad y sin oposición alguna -situación extraordinaria en la causa- aprobar las negociaciones conciliatorias llevadas adelante por los peritos inventariadores, quienes permitieron valuar y determinar el real pasivo de la sucesión conformado por los gastos de justicia y los diversos procesos judiciales que impedían la partición”, relató el magistrado.

En otra resolución, el juez Bustos aprobó la nómina y el informe elaborado por los peritos liquidadores y partidores sobre los acuerdos arribados con los acreedores de la sucesión y la forma de pago. También hizo saber que se dictara una resolución individual para cada uno de los acreedores a los efectos de los trámites de inscripción que resulten necesarios, según los acuerdos celebrados, el tipo de bien y la forma de pago.

Salir de la versión móvil