El administrador General de la Administración del Tribunal de Faltas de la Municipalidad, Juan Manuel Aráoz, anunció ayer la decisión de retirar el inciso del artículo que permitía a la Policía de Córdoba y a los funcionarios provinciales realizar multas en el ámbito de nuestra ciudad, al reconocer que era de carácter inconstitucional”, y que dicha potestad estaba en el proyecto de ordenanza original presentado en la Comisión de Legislación General, Asuntos Constitucionales, Peticiones y Poderes del Concejo Deliberante.
Hay una razón bastante clara, es inconstitucional, se contrapone con el artículo 86 inciso 22 de nuestra Constitución Provincial, en donde todo lo que es tránsito es de autonomía municipal con lo cual cuando se presentó ese artículo debió tenerse en cuenta eso. Por tal motivo, nosotros hoy proponemos eliminarlo”, explicó Aráoz.
De esta manera, el municipio dio marcha atrás con la implementación legal de la delegación del poder de policía, que hubiera permitido que recayera en la fuerzas de seguridad de la provincia. Quiero aclarar algo, ese párrafo está vigente hoy porque es parte de la ordenanza 12.010 vigente, es decir, nosotros en ese sentido no hemos agregado nada en ese párrafo porque es algo que está vigente al día de hoy. Lo que hemos hecho es suprimirlo para evitar los inconvenientes en la nueva ordenanza”, precisó el funcionario en declaraciones a HOY DÍA CÓRDOBA. Y agregó: Está vigente pero no se aplicó nunca, lo consultamos con Tribunales, no se ha constatado ninguna infracción en la que se haya procedido de esta manera”.
Según Aráoz, el cambio obedeció a que la figura prevista en un principio «era inconstitucional»
Desde el arco opositor, plantearon dudas respecto de las múltiples funciones que desempeñarán estos nuevos funcionarios políticos que dependerán de los Jueces de Faltas pero que serán designados directamente por el intendente Martín Llaryora. En una primera etapa, Aráoz ratificó que ingresarán un número reducido para realizar una prueba piloto pero que la idea es que exista un promotor por Centro de Participación Comunal (CPC).
Sobre el particular, el titular del Tribunal de Faltas confirmó que esta nueva figura tiene como finalidad asegurar lo que establece el Código de Convivencia, y no representa un ánimo recaudador, a la vez que negó que vayan a tener alguna injerencia administrativa. Aunque el proyecto no inhabilita a los promotores para ejercer la profesión de abogados, se descuenta que se incluirá en el texto de la ordenanza por razones de incompatibilidad evidentes. Aráoz resaltó que todas las modificaciones a la ordenanza se realizaron en acuerdo con el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (Suoem).
Usarán cámaras de seguridad como medio probatorio
Las modificaciones contempladas por el oficialismo de Hacemos por Córdoba en el Concejo Deliberante incluyen la utilización de medios electrónicos como medio para comprobar las infracciones. Podrán realizarse mediante la utilización de dispositivos electrónicos remotos” homologados por la autoridad competente, y cuyos registros hayan sido obtenidos dentro de las 18 horas hábiles anteriores al labrado del acta. Estos dispositivos serán supervisados para su correcto funcionamiento en todo momento en el centro de control de medios o dispositivos electrónicos.
Araoz adelantó que las cámaras de seguridad que están instaladas por casi toda la ciudad de Córdoba, en especial el microcentro, serán utilizadas como medio probatorio de cualquier infracción cometida en el marco de la digitalización del proceso administrativo comenzando por el acta digital avanzando en la despapelización total de la justicia municipal.
Por ejemplo, las cámaras de seguridad, eso sería un dispositivo electrónico remoto que podría implementarse como se implementan en todas las ciudades del mundo, en las que muchas infracciones de tránsito son verificadas por cámaras de seguridad, en donde un software procesa las imágenes, lo que da como resultado donde está la infracción, y un funcionario es el que refrenda que la multa es válida”, repasó Aráoz.