Funcionarios municipales deberán no ser deudores alimentarios morosos

Lo determinó el intendente Martín Llaryora a través de un decreto. Deberán presentar el certificado que lo acredite dentro de los 60 días siguientes

Funcionarios municipales deberán no ser deudores alimentarios morosos

En Córdoba existe un Registro de Deudores Alimentarios Morosos el cual establece un listado de todas las personas que adeuden tres o más cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, correspondientes tanto a alimentos provisorios como definitivos fijados u homologados por sentencia firme. El mismo fue creado por ley provincial 8.892 y el Municipio Capital adhirió a la medida a través de la Ordenanza 10.511, con la finalidad de promover medidas de acción para garantizar el pleno ejercicio y goce de los derechos de los niños, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 34 de la Carta Orgánica Municipal

Es por esto, que a partir del decreto firmado por el intendente de Córdoba, Martín Llaryora, todos los funcionarios municipales, dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, deberán presentar ante Oficialía Mayor un certificado a los fines de acreditar que no están incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Los funcionarios designados por el Departamento Ejecutivo, que no presenten dicho certificado en el tiempo estipulado y que se encuentren consignados en el mencionado Registro, serán desvinculados.

 

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