El proyecto de Ganancias será tratado en sesiones extraordinarias

Lo dispuso el presidente Alberto Fernández a partir del decreto 106/2021, publicado este jueves en el boletín oficial

El proyecto de Ganancias será tratado en sesiones extraordinarias

Mediante el Decreto 106/2021, publicado este jueves en el Boletín Oficial con la firmas del presidente Alberto Fernández y del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, se habilitó el tratamiento del proyecto impulsado por Sergio Massa para elevar el piso del impuesto a las Ganancias.

De esta manera, se determino se habilita al Congreso de la Nación a tratar en sesiones extraordinarias las modificaciones en el impuesto a las Ganancias. «Inclúyese en el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación, durante el actual período de Sesiones Extraordinarias, la consideración del siguiente asunto: Proyecto de Ley tendiente a sustituir el inciso c) del primer párrafo y el cuarto párrafo del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias», según el texto oficial.

Este proyecto de ley, que el oficialismo espera aprobar en los primeros días de marzo, establece que los trabajadores en relación de dependencia, tanto del sector público como el privado, no tributen Ganancias si ganan menos de $152.000 brutos por mes. Según la propuesta, tampoco pagarán Ganancias los jubilados y pensionados que cobran hasta ocho haberes mínimos: $152.280.

La iniciativa tiene el apoyo de los diputados aliados al Frente de Todos y también de los bloques que integran Juntos por el Cambio, aunque algunos legisladores ya anticiparon que pedirán introducir algunas modificaciones. Estas modificaciones se refieren a la inclusión de autónomos y que la actualización del piso de Ganancias sea semestral, que se tenga en cuenta el IPC en lugar del Ripte y que las jubilaciones estén exceptuadas del pago del tributo.

En Consenso Federal coinciden con las modificaciones para jubilaciones y los autónomos, pero además pretenden que las pymes que incorporen empleo formal tengan algún beneficio en el impuesto, como una exención de tres años.

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